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En la mira: los jueces Rossi y Villafañe.
En la mira: los jueces Rossi y Villafañe.
En la mira: los jueces Rossi y Villafañe.
El doctor Carlos Rossi, juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, aguarda la conformación final del cuerpo de hombres y mujeres que lo enjuiciarán tras el escándalo institucional que significó la muerte de la joven Micaela García, a manos de Sebastián Wagner, liberado por Rossi pese a las recomendaciones en contra por sus peligrosos antecedentes.

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En total fueron 8 los pedidos de juicio político para Rossi, actualmente en funciones. Agrandar imagen
En total fueron 8 los pedidos de juicio político para Rossi, actualmente en funciones.
¿En qué está lo de Rossi? En la denominada etapa de admisibilidad de la denuncia. "El jurado tiene en este primer tiempo que hacer la verificación de que haya o no causa que amerite llegar al juicio oral y público, para ver si la denuncia procede o no", ilustró Jorge Campos, representante del Colegio de Abogados, en diálogo con El Entre Ríos a fines de octubre último.
A Rossi, Macri lo quería afuera

Fueron 8 los pedidos que se formularon en Entre Ríos para que se concrete el jury de enjuiciamiento contra el magistrado, en abril último, aunque todavía no se realizó por las idas y vueltas para conformar el jurado tras las reiteradas recusaciones esgrimidas por el representante legal del magistrado. El crimen de la joven entrerriana adquirió tal repercusión nacional, que el propio presidente de la República llegó a decir que "a este tipo de jueces no los podemos tener". "Los vecinos esperan de él el criterio suficiente para defender a la sociedad y que no pasen este tipo de cosas", había opinado Macri y solicitó a la sociedad que, ante eso, debemos "indignarnos y entender que así no se puede seguir". Fue, también por abril último, que el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, concluyó que "Rossi no debería ser más juez". Hasta el día de la fecha, aún sabiendo que Sebastián Wagner fue enjuiciado y condenado a cadena perpetua por el femicidio de Micaela García, el magistrado de Gualeguaychú sigue en funciones.

¿Qué pasa en Buenos Aires, tras el crimen de Abril?

El "efecto Abril" es semejante, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, al que vivió Entre Ríos con el crimen de la estudiante uruguayense. La reacción del Estado, cuya máxima responsable es María Eugenia Vidal, ha sido otra: mandó a la Legislatura un proyecto para limitar las excarcelaciones.

Lo presentó el senador Juan Pablo Allan, de Cambiemos. Busca equiparar las restricciones con la ley nacional y evitar la discrecionalidad de los jueces. El proyecto venía siendo discutido hace meses, pero lo aceleró el conmovedor asesinato de Abril Bogado, la nena de 12 años que murió durante un asalto en La Plata.

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Al igual que en Entre Ríos, en La Plata marcharon endilgándole responsabilidad al juez. Agrandar imagen
Al igual que en Entre Ríos, en La Plata marcharon endilgándole responsabilidad al juez.
El proyecto para limitar las excarcelaciones en la Provincia de Buenos Aires, por ejemplo dicen desde el gobierno de Vidal, habría evitado que el juez José Villafañe hubiera permitido la libertad asistida de José Edgardo "Pepito" Echegaray, el asesino de la pequeña.

"El proyecto busca equiparar la ley de ejecución penal bonaerense con la nacional, que es más restrictiva. Por ejemplo, prevé las salidas transitorias seis meses antes de que se cumpla la condena, mientras que la provincial lo permite seis meses antes del cumplimiento de los dos tercios de la condena. Si hubiese regido la nacional, el asesino de Abril estaría preso", explicó Allan.

Con el proyecto, el Gobierno de Vidal busca salir por arriba en medio de una polémica que incluye a los tres poderes del Estado. En la Justicia, aseguran que muchas veces deben dejar libres a los presos porque así lo establecen las normas, en una crítica directa al Legislativo. En el caso de Abril, en la Justicia provincial también alertaron no inocentemente sobre la falta de policías en la zona, en un tiro por elevación al Ejecutivo provincial y municipal.

Los funcionarios y los legisladores, en tanto, pusieron su foco en la discrecionalidad del juez y de las cámaras superiores que avalaron las salidas de "Pepito" Echegaray. Por eso ahora la intención es limitar ese margen de criterio de los magistrados bonaerenses, que suelen inclinarse por la "ley más benigna" y, como en el caso de Echegaray, van en contra de la sugerencia del fiscal.

Corriendo de atrás

La Legislatura bonaerense ya había avanzado en un proyecto para que los jueces de ejecución penal consulten a las víctimas antes de permitir una salida transitoria de sus victimarios. Pero la iniciativa recién tiene media sanción. Otra vez la política y la Justicia corriendo detrás de las tragedias.

Por el calendario legislativo en la Provincia (quedan un par de sesiones y las insumirán el Presupuesto y sus leyes satélite), es muy probable que este proyecto quede para el arranque de 2018, es decir para marzo del año próximo.

En el oficialismo descuentan que será aprobado: no sólo por el consenso que podrían conseguir en la oposición, sino por la supremacía que tendrán en ambas cámaras, cuando se refleje en las bancas el triunfo en la última elección. No obstante, aclararon que de momento no consideran la posibilidad de promover un juicio político contra el magistrado Villafañe.

Restricciones que prevé el proyecto bonaerense

No podrán obtener salidas transitorias los condenados por:
1) Homicidio simple, previsto en el art. 79, y homicidios agravados previstos en el artículo 80 del Código Penal.
2) Las lesiones gravísimas agravadas por alevosía o por violencia de género, previstas en los artículos 91 y 92 del Código Penal.
3) Aborto sin consentimiento seguido de la muerte de la mujer, previsto en el art. 85, inc. 1º 'in fine' del Código Penal.
4) Abandono de personas seguido de la muerte de la víctima, previsto en el art. 106 párrafo tercero del Código Penal.
5) Delitos contra la integridad sexual, previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 126, 127, 128 primer y segundo párrafos, y 130 del Código Penal.
6) Privación ilegal de la libertad coactiva, si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida, previsto en el artículo 142 bis, anteúltimo párrafo, del Código Penal.
7) Tortura seguida de muerte, artículo 144 ter, inciso 2, del Código Penal.
8) Delitos previstos en los artículos 165 y 166, inciso 2, segundo párrafo del Código Penal.
9) Secuestro extorsivo, si se causare la muerte de la persona ofendida, conforme a los supuestos previstos en el artículo 170, antepenúltimo y anteúltimo párrafos, del Código Penal.
10) Delitos previstos en los artículos 145 bis y ter del Código Penal.
11) La portación ilegal de armas de fuego, sean de uso civil o de guerra, prevista en el artículo 189 bis inciso 2º, párrafos tercero y cuarto del Código Penal, y sus agravantes.
12) La creación de peligro para transportes acuáticos o aéreos que ocasione la muerte de alguna persona, previsto en el art. 190 segundo párrafo 'in fine' del Código Penal.
13) El descarrilamiento de trenes que ocasione la muerte de alguna persona, previsto en el art. 191 inc. 4º del Código Penal.
14) Piratería seguida de muerte, previsto en el art. 199 del Código Penal.
15) El envenenamiento de aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales que provoque la muerte de alguna persona, previsto en el art. 201 bis del Código Penal.
16) Casos en que sea aplicable el artículo 41 del Código Penal.
17) Financiamiento del terrorismo, previsto en el artículo 306 del Código Penal.
18) Delitos previstos en los artículos 5°, 6° y 7° de la ley 23.737 o la que en el futuro la reemplace.
19) Delitos previstos en los artículos 865, 866 y 867 del Código Aduanero.
Fuente: El Entre Ríos.

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