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Jorge Amilcar García, Procurador general de Entre Ríos, dio a conocer su dictamen, y en el petitorio final del escrito elevado al Jurado de Enjuiciamiento solicita: “Tenga por evacuada la Vista corrida, por requerida formalmente la elevación a plenario y por ofrecida la prueba, dándose el trámite correspondiente”. Sólo hace lugar a una petición de la Asamblea de Mujeres, que sugirió la invitación a dos peritos para que participen en el jury, los especialistas en género Rita Segado y Enrique Stola .

El Procurador se pronunció luego de que el 7 de diciembre último el Jurado de Enjuiciamiento resolviera “ordenar la formación de causa” al juez Rossi, acusado por mal desempeño y falta de ideoneidad en el cargo por haber resuelto la libertad de Sebastián Wagner, luego condenado a perpetua como autor del femicidio de Micaela García. En ese marco, García, “en cumplimiento del deber legal, resolvió “formular acusación contra el Sr. Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Dr. Carlos Alfredo Rossi”.

Pero luego hace una serie de aclaraciones conceptuales que diluyen aquella acusación.

Primero dice que aún cuando la Constitución ordena un modo de integración del Jurado de Enjuiciamiento, este órgano se guía, en realidad, por una ley anterior, la N° 9.283 por cuanto el texto reformado de la Carta Magna no ha sido reglamentado. Esa integración, dice García, no “no ha sido cuestionada por la Defensa ni por V.H., por lo que entendemos que se ha convalidado la integración de la ley 9283″.

” Sí, en cambio, genera rispidez interpretativa la obligación legal de acusación establecida en el ya referido art.27 de la ley, cuando el Tribunal hubiese, -como en el caso de marras-, decidido que se lleve adelante el Jury al Magistrado o Funcionario, frente a las disposiciones Constitucionales sobre la estructura y normas potestativas del Ministerio Público Fiscal, a cuyo titular se encarga la tarea de acusación eventual, rol que se mantiene en la nueva ley de Ministero Público 10.407″, dice García, lo que en buen romance supone que aún cuando el Procurador tenga la “obligación” de acusar, rige la “autonomía” del Ministerio Público Fiscal, por lo cual aquella “orden” no tendría razón de ser.

Luego, asegura que el jury “es un procedimiento Constitucional Especial, de naturaleza política pero sujeto a las reglas del debido proceso legal”, procedimiento en el cual el propio Jurado de Enjuiciamiento es “quien declara la plausiblidad de razones para abrir el Plenario oral para decidir la absolución o condena y separación del cargo protegido constitucionalmente -inmunidad-, arts.223 y 224 Const.Prov., lo que sería inadmisible en un proceso penal”.

La función de la Procuración, señala más adelante, “en esta etapa es formalizar la imputación (…), sin importar si el propio organismo Fiscal considera correcta esta postura, -en el caso la mayoritaria-.- De otro modo la figura del Fiscal sería la definitoria aún en la etapa preparatoria o preliminar, tornando en ilusoria la decisión de antejuicio del Tribunal que como sabemos no está integrado solo por Magistrados del Superior Tribunal de Justicia, es decir del Poder Judicial sino también por abogados y miembros del Poder legislativo”.

“Claro está -agrega- que esta intervención formal que habilita la etapa de Plenario en manera alguna obliga al titular del MPF a formular acusación al final del Juicio, y a la vez, relativiza el valor dirimente de la acusación. De nuevo no se aplica aquí con estrictez la garantía penal acordada por nuestra doctrina y por el más alto Tribunal de la Nación y local, que supedita la condena a la acusación mantenida hasta el final, -a salvo del querellante autónomo que aquí no interviene-. La cláusula del art.27 ley 9283 entonces, habilita el plenario y toda opción de la conclusión del Juicio. Esta interpretación que salva la compatibilidad constituye la subsunción preferible entre las disponibles, lo que el citado Tribunal denomina “interpretación orientada a la Constitución””.

Después del dictamen del Procurador, se espera el alegato de la defensa de Rossi, para después desembocar en el proceso propiamente dicho contra el magistrado.

Rossi está suspendido en su cargo desde el 7 de diciembre último, y se le retiene el 30% de su salario, luego de la resolución dividida que adoptó el Jurado de Enjuiciamiento que dispuso formar causa en su contra, por supuesto mal desempeño y falta de idoneidad.

Rossi fue denunciado por mal desempeño y falta de idoneidad por haberle otorgado la libertad condicional al violador serial Sebastián Wagner, el 1º de julio de 2016, y quien en abril de 2017 asesinó a Micaela García en Gualeguay.

El Jurado de Enjuiciamiento resolvió, el 7 de diciembre, abrir causa contra el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi. La resolución implicó, además, correrle traslado al Procurador Jorge Amilcar García para que en 15 días formule la acusación; y la suspensión del magistrado en su cargo, más la retención del 30% de su sueldo.

El magistrado tiene siete denuncias por mal desempeño y falta de idoneidad a raíz de una decisión polémica: el 1º de julio de 2016 otorgó la libertad condicional al violador serial Sebastián Wagner, quien hasta entonces estaba alojado en la Unidad Penal Nº 9 Granja Penal Colonia El Potrero, de Gualeguaychú, cumpliendo una pena de 9 años de prisión por dos hechos de violación. Si Wagner seguía en prisión recién iba a salir a las calles el 16 de julio de 2018.

Nueve meses después de la resolución del juez Rossi, el 1° de abril de 2017, Wagner asesinó a la joven Micaela García, en Gualeguay. El caso conmocionó al país, y sobre todo al movimiento de mujeres que se movilizó bajo la consigna #NiUnaMenos. En Entre Ríos, el rostro del juez fue parte de las pancartas que se exhibieron en el Poder Judicial, junto al rótulo de “cómplice”. El 17 de octubre pasado, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay condenó a Wagner a prisión perpetua por “abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con homicidio calificado por alevosía, criminis causae y femicidio”. Su jefe Néstor Pavón fue condenado a cinco años de prisión por encubrimiento y el hijastro de Wagner, Gabriel Otero, fue absuelto.

Suspendido en su cargo y sometido a jury, el juez Rossi enfrenta ahora el proceso central: la acusación del Procurador. Una de las siete denuncias en contra del magistrado la formuló la Asamblea Participativa de Mujeres, Lesbianas, Travestis y Trans, que este viernes hizo una petición: la necesidad de incorporar a “testigos de contexto”, es decir expertos en el tema de violencia de género quienes podrán aportar datos sustanciales en el proceso de jury iniciado al juez Rossi.

La abogada Candela Bessa dijo que obtuvieron una respuesta positiva del procurador García. “En su acusación, el procurador tiene la facultad de pedir testigos. Esos testigos van a aportar todos los datos sobre las necesidades que la ciudadanía reclama para el accionar de las instituciones”, indicó. Al respecto, Bessa indicó que son dos los expertos propuestos: Rita Segato, que es antropóloga y trabaja mucho sobre la punibilidad y contrasta sus estudios sociales con las teorías del exjuez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Zaffaroni; y Enrique Stola es médico psiquiatra y psicólogo. Ambos son expertos en violencia de género, y han participado como peritos en juicios.

El Jurado de Enjuiciamiento que votó abrir un proceso contra el juez Rossi no tuvo una postura unánime sino que hubo disidencias. Uno de los que se mostró en contra fue el presidente del Jurado, Daniel Omar Carubia, vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), quien opinó que la decisión de Rossi fue coherente y fundamentada. “Ese resolutorio se constata seria y calificadamente fundamentado y la decisión adoptada deriva coherentemente de las razones invocadas por el juzgador, las cuales responden a las concretas constancias comprobadas de la causa y a una interpretación de los hechos y el derecho aplicable que no se revela irrazonable sino, por el contrario, conteste con criterios jurisprudenciales del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y otros”, escribió.
Fuente: Entre Ríos Ahora SIC Poder Judicial

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