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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por unanimidad este jueves el recurso de queja presentado por Sergio Urribarri en la causa que investiga el presunto desvío de fondos del exgobernador de Entre Ríos en la campaña presidencial en 2015. El rechazo fue formal, por no estar dirigido contra una sentencia definitiva.

El máximo tribunal entendió que la defensa del actual embajador de Argentina en Israel no agotó las etapas procesales previstas en la normativa vigente a modo de condición necesaria para llevar su caso ante la Corte. El fallo, al que accedió Clarín, tiene la firma de sus cuatro integrantes: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

La causa se abrió por el presunto desvío de unos US$ 7,5 millones. Unos 47 millones de pesos en objeción fueron repartidos en plena campaña para las elecciones 2015, una candidatura que resultó trunca, ya que se bajó antes.

También se sigue la ruta de 24 millones de pesos otorgados en publicidad callejera oficial entre 2010 y 2015. Según la investigación, ese monto habría caído en la empresa de un familiar de Urribarri. Y también se puso el foco en la adjudicación de publicidad gráfica.

El camino del recurso de Urribarri es extenso y, ante sucesivos reveses en diferentes instancias, trepó hasta el máximo tribunal nacional.

Su defensa se había opuesto en primera instancia a que se incluyera prueba aportada por la Fiscalía, invocando que era ilegal y lesiva de la intimidad. Esa petición fue rechazada por el juez de garantías. Pero la defensa planteó un recurso de casación, invocando el derecho al control constitucional de la prueba.

El exgobernador se había quejado en una causa que investiga supuesto desvío de fondos. Pero el máximo tribunal lo desestimó por unanimidad.

Ese pedido también fue declarado inadmisible, ya que –argumentaron– el acto judicial que declara la apertura a juicio no puede ser recurrido. Entonces, la defensa presentó una queja ante la Cámara de Casación provincial, que también desestimó la impugnación. Eso motivó la articulación de un recurso de impugnación extraordinaria, también rechazado, lo que derivó en una queja ante la Corte provincial.

El máximo tribunal de Entre Ríos desestimó igualmente esa queja por entender que, con independencia de la irrecurribilidad del auto de apertura a juicio y la ausencia de un agravio de imposible reparación ulterior, la parte –antes de ir en casación– debió haber agotado la vía de la apelación.

Rechazado el recurso extraordinario federal que intentó atacar la arbitrariedad de la decisión de la Corte de la provincia, la defensa de Urribarri presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que por unanimidad denegó el planteo y explicó que el recurso no está dirigido contra una sentencia definitiva.
Fuente: Clarín

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