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Este 24 de agosto, Día del Lector y la Lectora -en conmemoración al nacimiento de Jorge Luis Borges-, la Secretaría de Cultura y la propia editorial provincial aplaudieron la sanción de una ley que constituye un fondo propio para la Editorial de Entre Ríos.

Más allá de su partida presupuestaria como dependencia del Estado provincial, esta legislación dará lugar a un fondo que “complementará, ampliará y reforzará” el ingreso de recursos, que contribuyan a desarrollar sus funciones y concretar nuevos objetivos. Impulsada por la Secretaría de Cultura de Entre Ríos y presentada por la legisladora provincial Stefanía Cora (Frente Justicialista Creer), la iniciativa recibió media sanción a fines de abril en la Cámara de Diputados y, en la tarde del miércoles, fue aprobada en el Senado.

Una vez puesto en práctica, este fondo facilitará el “promover, organizar y participar” en eventos que resulten de interés cultural y financiar cursos, talleres de capacitación e instancias de formación, como así también adquirir bienes de capital.
Reorganizar las finanzas
Si bien contaba con una ley de creación de la década de 1980, el titular de la Editorial de Entre Ríos, Fernando Kosiak, manifestó que “el mundo editorial ha cambiado muchísimo en todos estos años”.

Para muestra, mencionó que “hoy en día se celebran convenios con otras editoriales, se reciben auspicios de empresas o privados, o subsidios nacionales”, posibilidades que “antes no las teníamos”.

Entonces, que se haya aprobado este fondo “nos permite poder organizar de una manera diferente las finanzas de la editorial y acceder a convenios y más posibilidades”, destacó el editor.

“Eso también nos permitirá crecer exponencialmente y, lo más importante de todo, publicar más libros y llegar a más lectores y lectoras”, añadió.
Composición del fondo
El Fondo de la Editorial de Entre Ríos estará integrado por importes provenientes de la venta de libros editados por el organismo; aranceles cobrados por la realización de eventos, presentaciones y ferias; aportes, donaciones; importes de dinero que se perciban en concepto de concesión o cesión de espacios; recaudaciones derivadas de actividades promocionales; ediciones especiales o cualquier otro objeto conmemorativo que realice la editorial; y fondos provenientes de actos de mecenazgos de personas físicas o jurídicas.
Fuente: El Entre Ríos / Secretaría de Cultura / Senado

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