Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
La joven, Agustina Ávalos, que hizo la denuncia.
La joven, Agustina Ávalos, que hizo la denuncia.
La joven, Agustina Ávalos, que hizo la denuncia.
La Jueza de Primera Instancia Civil y Comercial N° 4 de Paraná, Elena Albornoz, ordenó a la Comisión de árbitros de la Federación Entrerriana de Fútbol (FEF) que se capacite en la Ley Micaela N° 27.499 y que informe los motivos por los cuales no designó a la árbitra Agustina Ávalos en partidos que se desarrollaron entre "noviembre de 2021 a marzo de 2023". La resolución fue en el marco de la denuncia que presentó la joven profesional contra un instructor de la institución deportiva provincial. Agustina contó que sufrió un intento de abuso sexual por parte de un instructor -cuyas iniciales son D.A.- y que llevó el caso a la Justicia. Al declarar en Tribunales, señaló que una primera situación contra su integridad sucedió en un hotel en Corrientes, a donde habían llegado en el marco de tareas del Consejo Federal de Fútbol Argentino, y otro en Paraná. En ambas ocasiones, según la denunciante, el hombre le advirtió que no cuente nada de lo contrario "nunca más iba a dirigir un partido".

La joven también dijo desde entonces no fue designada como árbitro de fútbol y que ello la perjudicó en su progreso profesional. Por su parte, D.A. negó los hechos y expresó que no tenía intervención en la confección de las listas para que los árbitros sean convocados.

Tras analizar las circunstancias del caso, la jueza Albornoz sostuvo: "De los hechos narrados, surge que existe una relación asimétrica de poder, que encuadra dentro de la violencia de género entendida como la violencia que ejerce una persona sobre otro solo por su género. Las acciones violentas son todas las que afectan de forma negativa la identidad, la sexualidad y libertad reproductiva, salud física y mental y el bienestar social de una persona".

"Ahora bien, de los dichos del denunciado, surgiría que él no tiene una intervención directa en la decisión de elección de los árbitros de futbol, no obstante lo cual tal como ha sido referenciado por la denunciante existió una situación en la cual ella se negó a mantener una relación con el Sr. D.A., y que posterior a ello no fue elegida para arbitrar", agregó.

En ese sentido, la magistrada ordenó que "la Comisión de árbitros de la Federación Entrerriana de Fútbol, se capaciten en la ley Micaela, el que deberá ser dictado por la Secretaria de la Mujer de la Provincia de Entre Ríos".

En segundo lugar ordenó que "la Federación Entrerriana de Futbol informe a Micaela Agustina Ávalos, cuáles han sido los motivos de su no designación como árbitro de fútbol desde noviembre del 2021 a marzo del 2023".
Ley Micaela
La Ley Micaela establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

Se llama así en conmemoración de Micaela García, una joven entrerriana de 21 años, militante del Movimiento Evita, que fue víctima de femicidio en manos de Sebastián Wagner.
Fuente: Uno Entre Ríos

Enviá tu comentario