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Se cumple un mes de la trascendental condena a 25 años de prisión del cura Justo José Ilarraz, tras ser hallado culpable por siete casos de abusos y corrupción de menores ocurridos hace más de 20 años en el Seminario de Paraná. El fallo unánime del tribunal integrado por Alicia Vivian, Gustavo Pimentel y Carolina Castagno, y la consistencia de sus fundamentos, dio por acreditada la existencia de un plan que corrompió "la integridad sexual de menores" de entre 12 y 14 años, y determinó que para que el mismo pueda ejecutarse contribuyó "la posición asumida por sus superiores y pares actuantes en el momento de los hechos".
Controlado con tobillera electrónica
Desde el 21 de mayo el cura está privado de su libertad en un departamento de calle Corrientes 628, 6º A, de la capital provincial. Es uno de los 43 internos con tobillera electrónica, en su mayoría con causas en trámite en Entre Ríos, que son controlados por el Sistema de Monitoreo del Servicio Penitenciario de Entre Ríos (SPER) informó Diego Arias.

En todo este tiempo, solicitó autorización judicial para salir del edificio céntrico, pero únicamente para cumplir con trámites judiciales y acompañado por personal policial. Dentro de la vivienda desarrolla una vida totalmente normal, donde comparte sus días junto a uno de sus hermanos y se puede mover dentro de un rango preestablecido. El departamento donde vive Ilarraz es de dimensiones limitadas y por eso, su mayor posibilidad de esparcimiento es poder salir hasta el balcón.

"Desde que se colocó el dispositivo no ha habido ninguna situación anómala, ya que él ha cumplido con los parámetros establecidos. En alguna oportunidad él ha tenido que salir del domicilio para ir a Tribunales a firmar algo. A nosotros nos llega el oficio de una orden judicial que habilita al procesado a retirarse del domicilio", afirmó el jefe del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, Marcelo Sánchez.

El sistema que funciona desde noviembre de 2017 indica las 24 horas del día, durante los 365 días del año, el posicionamiento de Ilarraz y de todos los internos con prisión domiciliaria.

Al definir el comportamiento del cura desde que fue privado de su libertad, el agente Fernando Ibarra dijo que "ha sido un ejemplo, con la tobillera nuca tuvimos problemas con él, nunca salió de rango, nunca salió del domicilio. Lo único que se le exige es que no viole la restricción domiciliaria". De verse afectado por problemas de salud o tener un turno médico previamente acordado con el Juzgado, el condenado deberá informarlo al SPER que luego tendrá que autorizar la salida al centro médico correspondiente.
Medidas de control
El programa de seguimiento de la tobillera electrónica que funciona bajo la órbita del Servicio Penitenciario, en calle Santa Fe 327, registra los datos personales, las salidas, el estado del equipo y de la tobillera. El dispositivo instalado en el domicilio es alimentado con una batería interna de 96 horas, y más allá que se desenchufe o haya un corte de luz siempre está funcionando.

"Se llama técnicamente AE4 y, aparte de controlar la tobillera, funciona como un teléfono con el que nos podemos comunicar inmediatamente. En caso de tener algún evento es lo que primero se realiza como protocolo, se lo llama inmediatamente y siempre debe atender la persona que está con arresto domiciliario”, explicó Carlos Salomón, oficial adjutor principal y a cargo del centro.

Luego, “se continúa con el protocolo llamando a los celulares referentes y en caso de que no se atiendan ni los dispositivos ni los celulares se activa el protocolo con presencia policial en el domicilio para verificar que está bien y que está dentro del domicilio", completó.

Al igual que con el resto de los procesados, el personal penitenciario realizó una verificación en la vivienda de residencia de Ilarraz para relevar todos los ambientes y explicarle dónde puede moverse con libertad.
Otros monitoreos
El Centro de Monitoreo también hace el seguimiento de internos con tobilleras en otras jurisdicciones, como por ejemplo en la provincia de Buenos Aires: en José C. Paz y en San Vicente, dos personas con causas en trámite en nuestra provincia está siendo monitoreadas.

"Han intervenido mucho los juzgados de Garantías de toda la provincia, entonces las prisiones preventivas en lo que sería la etapa de investigación de la causa, han incorporado este sistema para tenerlos dentro del domicilio, hasta tanto termine la investigación. Y en el caso de que sea positivo que amerite el ingreso a la Unidad Penal se va a realizar o se continúa con el arresto domiciliario hasta que termine el procesamiento o que se dicte el sobreseimiento o la imputación con sentencia firme", comentó el oficial Salomón.

La central de monitoreo está cubierta por cuatro guardias, con dos personas en cada turno, para controlar las tobilleras instaladas en Paraná, Gualeguay, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Concordia, El Brillante, Colonia Caseros, Chajarí, y como se indicó anteriormente en dos localidades de la provincia de Buenos Aires.

Además, se debe mencionar que se controla a internos que tienen el beneficio de la salida laboral, en este caso a través del sistema de GPS.

El personal especializado reconoció que en una oportunidad tuvieron que intervenir porque se violentó una tobillera electrónica. "En Gualeguay se violentó una tobillera, pero se pudo recapturar a la persona, a 250 metros del domicilio. Había marcado ciertos eventos que alertaron al personal e inmediatamente activamos el protocolo, y luego de no atendernos en el dispositivo, lo localizamos con la comisaría primera y la Jefatura de Gualeguay, quienes asistieron inmediatamente y lograron recapturarlo", manifestó en diálogo con este medio.
A Casación
La defensa de Justo Ilarraz apeló el fallo condenatorio en la Cámara de Casación Penal, una medida esperada tras haberse hecho pública la parte resolutiva de la sentencia. El abogado que asiste al religioso, Jorge Muñoz, había anticipado durante las audiencias del maratónico juicio que iba a recurrir hasta las últimas instancias judiciales para revertir el fallo.

El trámite se llevó a cabo mucho antes de que venciera el plazo máximo, teniendo en cuenta que caducaba el 22 de junio y que por tratarse de una causa compleja, son 20 y no 10 los días corridos desde que se conocieron los fundamentos del veredicto el 1º de junio.

Otra de las novedades que se dio en el marco de la causa estuvo vinculada con la definición de la Corte Suprema de Justicia respecto del recurso extraordinario federal para que la acción penal prescriba. El máximo tribunal del país desestimó el recurso interpuesto por la defensa, que en el momento de la acción era ejercida por Juan Ángel Fornerón, y dio luz verde para que continúen las acciones judiciales correspondientes. Al exponer sus argumentos la defensa consideró que se debe hacer lugar a la prescripción. Primero se enuncia que los dichos de las víctimas "son todos falaces" y en su fundamentación se pregunta cómo es posible que "transcurrido el tiempo no hayan podido acceder a la Justicia antes de transcurrido el plazo de la acción penal".

"Este es el gran tema que omite mencionar el Tribunal y se siguen refiriendo a ellos como si aún fuesen niños, y no se tiene en cuenta que crecieron y pudieron recurrir a la Justicia sin que ninguna traba se haya puesto desde el poder Judicial. El plazo previsto por la ley para la prescripción del delito, se cumplió sobradamente", señaló Muñoz. Según el letrado, "no hay normativa internacional que dispongan la imprescriptibilidad de delitos que fueron objeto de debate" y que no hay prueba testimonial que "incriminen de manera indirecta al imputado".
Fuente: Diario Uno.

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