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El decreto de Bordet recibió un nuevo revés judicial, ante el amparo presentado por Agmer y el Foro Ecologista. La Fiscalía de Estado apeló este fallo y va al Superior Tribunal de Justicia.

La Fiscalía de Estado de Entre Ríos apeló el fallo que dio nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los artículos 2º, 3º y 4º del Decreto 2239/19 del gobierno provincial que regula las fumigaciones. Julio Rodríguez Signes, fiscal, aclaró cuáles son los argumentos que presentarán ante el Superior Tribunal de Justicia -STJ-. "Lo que declaran inconstitucional son las distancias que establece el decreto, que son de 100 metros como zona de prohibición para hacer fumigaciones terrestres y 500 aéreas. Según el juez, esas distancias no respetan lo que decían dos fallos anteriores, que son de 1.000 metros y 3.000 metros, respectivamente", explicó el fiscal de Estado.

En este sentido, manifestó que "es una distancia que consideramos exagerada que deja afuera de producción a una cantidad muy importante de hectáreas en la provincia, 340 mil. Es mucha superficie. No vemos la razón por la cual hay que establecer 1.000 metros, con 100 es suficiente para las terrestres y con 500 metros es suficiente para las aéreas".
Fuente: Ahora

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