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Mediante una nota dirigida al Honorable Juzgado de Enjuiciamiento, el abogado Ladislao Fermín Uzín Olleros expresó sus razones para excusarse de intervenir como fiscal ad hoc en el jury contra la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche.

Ya son cuatro los integrantes del listado de conjueces que no convalidan la decisión del jury y se excusan de participar de la acusación contra la procuradora.

“En primer lugar, adhiero in totum a las consideraciones esbozadas por el distinguido colega que me precede, Dr. Julio Federik, las que doy por reproducidas en homenaje a la brevedad e integran este comparendo”, comenzó diciendo Uzín Olleros. El penalista estaba detrás de su par Julio Federik en el listado de conjueces que utilizó el Jurado para designar a quien debe acusar a Goyeneche durante el Enjuiciamiento. Además, aseguró que por “lo delicado de la situación sometida a juzgamiento (…) se impone y exige la absoluta transparencia, despojada de cualquier insinuación de un encubierto propósito retorcido”, lo que, según indicó, no sería posible, debido a su participación en una serie de causas en las que enfrentó o enfrenta al Ministerio Público Fiscal.

Comenzó enumerando que el Ministerio Público Fiscal (MPF) “ha sido mi contradictor en acción de amparo que promoviera por mi Madre c/ el IOSPER, causa caratulada: ‘UZÍN OLLEROS, Angelina Elena y Otro –en nombre y representación de Juana Elena VERGARA– c/ Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos s/ ACCIÓN DE AMPARO’ (…) asunto en el que el MPF postulara por el rechazo de ese remedio heroico que promoviera por mi anciana progenitora ante el incumplimiento de la obra social oficial y en el que –finalmente– el STJER. acogiera la demanda incoada”.

Posteriormente, argumentó que en la causa “SALEM, Sebastián Eduardo” tiene acreditada intervención como defensor ante V.H. y ante STJER, habiendo el MPF postulado “tanto por la destitución de mi asistido, cuanto por la denegatoria a conceder el recurso interpuesto para que la decisión de V.H. sea revisada por el Más Alto Cuerpo Judicial de la Provincia de Entre Ríos, encontrándose el casus a resolución del recurso directo (queja) instado por la defensa contra la denegatoria a la revisión que postula la Procuración”.

Además, en la causa “CHRISTE, Jorge Julián s/ Homicidio Agravado”, “tengo intervención como defensor del procesado Jorge Julián Christe en la que también el MPF postuló por la condena de mi Pupilo, encontrándose en instancia de casación el recurso interpuesto por la defensa contra la sentencia condenatoria que recae sobre mi asistido, actualmente privado de libertad, alojado en la Unidad Penal n° 1 de Paraná”.

Por otro lado, en la causa “Erbes, Luis” indicó que “tengo acreditada participación como defensor del imputado, dilatada causa en trámite en la que a la brevedad el MPF deberá expedirse sobre la situación de mi Defendido, esto es: si propiciará la elevación a juicio o instará el sobreseimiento”.

Por último, indicó que “eventualmente deberé acusar a la encartada, lo cual –por las detalladas razones expuestas– no sólo me colocan en una situación de violencia moral, sino que –además– en esa alternativa (acusación) dejaría instalada la sensación de un embozado propósito de vindicta, lo cual si bien jamás ello estaría en mis ánimos por una elemental cuestión de principios, afirmo que lo delicado de la situación sometida al juzgamiento de V.H. impone y exige una absoluta transparencia, despojada de cualquier insinuación de un encubierto propósito retorcido, con riesgo de precipitar un escándalo susceptible del repudio ciudadano ante el estado público que ha tomado este caso que gravita en lo institucional y trasciende las fronteras de la provincia, siendo un deber ineludible de acatar por todos los operadores del derecho, la contribución para el logro de alcanzar la concreción del valor Justicia, sin mácula alguna que afecte la pureza del proceso”.

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