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En todo el territorio provincial se vivirá este domingo 9 de junio las elecciones generales provinciales en las que se definirán cinco categorías: Gobernador y Vicegobernador; Senadores Provinciales; Diputados Provinciales; Intendente y Viceintendente; Concejales.

A diferencia de lo ocurrido el pasado 14 de abril, cuando tuvieron lugar las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), el votante se encontrará con tan solo una boleta por cada fuerza política que se postula.

Aquí un repaso de lo que se debe tener presente para ejercer el derecho a voto de la manera más dinámica, cómoda y democrática posible.
1 – Dónde voto
Son 570 las escuelas en todo Entre Ríos donde tendrán lugar los comicios, por lo que cada votante debe consultar previamente cuál será la escuela dónde le toca ejercer su derecho a voto en su ciudad.

Para esto puede consultar directamente en la página web del Tribunal Electoral de Entre Ríos, donde le brindarán la información precisa al instante.

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2 – No olvidar el DNI, pero ¿son todos válidos para votar?
El documento nacional de identidad (DNI) es el único documento habilitado para efectuar el voto. Tanto el pasaporte como la licencia de conducir no son documentos válidos para votar.

En estas elecciones, los seis tipos de documento de identidad son válidos para votar, desde la “vieja” Libreta de Enrolamiento hasta el “moderno” DNI digital.

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Esto se debe a un cambio en la normativa desde las elecciones legislativas del 2017 a la actualidad, por lo que si una autoridad de mesa no le permite votar con su documento viejo, debe reclamar ante el Delegado electoral de la escuela o directamente con la Secretaría Electoral.
3 – No hay boletas del partido que quiero votar. ¿Qué hago?
Si el votante ingresó al cuarto oscuro y no pudo encontrar la boleta del partido que desea votar, debe salir e indicarle a la autoridad de mesa que “faltan boletas y no puede votar”.

Aunque se cree que esto sería un “voto cantado” no es así, siempre y cuando no se indique públicamente cuál es la boleta que falta o la fuerza que se desea votar.

La autoridad de mesa tomará nuevamente el sobre que le entregó al votante y le devolverá a este el DNI hasta que esta situación se vea solucionada.
4 – No llevar mochila, cartera y/o bolso
Por motivos de seguridad y transparencia del acto electoral, la autoridad de mesa no puede permitir que un votante ingrese al cuarto oscuro con una mochila, cartera o bolso.

De ser imposible concurrir a la escuela sin alguno de estos elementos, puede dejarlos en la mesa en custodia y responsabilidad de la autoridad de mesa.
5 – Tengo dificultades para llegar a la mesa donde voto: C.O.A.
Según la normativa vigente, en todas las escuelas del territorio provincial se debe contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA), el cual estará ubicado lo más cerca posible de la entrada del colegio.

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Si un ciudadano, por ejemplo, usa muletas y su mesa está en el segundo piso del colegio, puede solicitar en el ingreso que las autoridades de su mesa se dirijan al COA para que pueda ejercer el derecho a voto.
6 – ¿Qué pasa si no voy a votar este domingo?
Según lo que establece el artículo 145 de la ley 2988, los mayores de 18 años y menores de 70 que no concurran a votar y no lo justifiquen debidamente, serán penados:
-1° con la inclusión de su nombre en los registros pertinentes. Esto se realiza con la lectura del código de todos los Comprobantes de voto que quedan en el padrón de cada mesa, con la que se identifica digitalmente a cada ciudadano que no votó.

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-2° con una multa de 50 a 500 pesos, y en caso de reincidencia inmediata, con el doble de la multa que le haya impuesto por infracción anterior.

Además, el infractor incluido en los registros pertinentes no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Fuente: elentrerios.com

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