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Una de las iniciativas presentadas en el ámbito del Senado Juvenil de Entre Ríos propone fomentar la donación voluntaria de sangre para la extracción de plasma en pacientes recuperados de Covid-19.

“Nuestra situación sanitaria no escapa a la realidad nacional que evidencia una presencia importante del sector privado en las prestaciones de servicios de salud. Esto no significa que el pueblo entrerriano esté desamparado, ya que es potestad de la provincia legislar en este ámbito, por ello la aprobación de una ley que regule la donación de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 es de resolución urgente”.

Quienes así se expresan son las senadoras juveniles Josefina Brun, Carolina Fabre y Martina Gallay, alumnas de 4º año (Orientación Turismo) del Instituto Comercial Privado “Almafuerte” D-70 Villa Elisa, autoras de un proyecto que elaboraron con el asesoramiento de las docentes Judith Casse y Natalia Gorosito. Entre sus objetivos específicos, figuran “crear un registro provincial de donantes de plasma Covid-19 positivo”, “establecer en la provincia un sistema de bancos de plasma” y “capacitar al personal sanitario afectado a dicha campaña”.
Senado Juvenil Edición 2020 Instancias Departamentales
Punto por punto
“Promover la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran, según los protocolos vigentes autorizados por la autoridad de aplicación”, es el artículo central del proyecto de ley de las senadoras juveniles elisenses.

Para ello, plantean la necesidad de crear “en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, el Sistema de Banco de Plasma de pacientes recuperados de Covid-19 para ser utilizado en tratamiento de pacientes activos infectados”, según indicación médica fundamentada.

El Ministerio de Salud de Entre Ríos “deberá confeccionar un Registro de Pacientes Recuperados de Covid-19, este se adecuará a lo estipulado por la ley 22.990 y su información será protegida por la ley 25.326”, contempla otro artículo.

En tanto, “aquellos donantes de plasma sanguíneo recuperados de Covid-19, que trabajen en relación de dependencia, público o privado, serán beneficiarios de una licencia especial remunerada de tres días (la misma no afectará de ninguna manera en su salario)”, agrega.
Quién se haría cargo
Otro artículo habla de la autoridad de aplicación de la eventual ley: “Garantizará el traslado de los pacientes recuperados de Covid-19 donantes de plasma, hacia los puntos de extracción aplicando todas las medidas de resguardo de seguridad e higiene”, entre otras funciones.

a) Garantizar que aquellos donantes cumplan con todos los criterios de elegibilidad, de acuerdo a protocolos habilitados vigentes;
b) Avalar que los donantes hayan expresado su aprobación;
c) Asegurar la disponibilidad de plasma de pacientes convalecientes recuperados de Covid-19 con fines terapéuticos e investigaciones aprobadas que así lo requieran;
d) Requerir a las autoridades sanitarias la definición de los centros regionales de hemoterapia y/o bancos de sangre que serán los responsables de realizar la captación y recolección de plasma de los pacientes recuperados de Covid-19;
e) Impulsar la capacitación de los equipos de salud sobre el procedimiento para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19;
f) Formular y planificar lineamientos, propuestas, estrategias y acciones dirigidas a la donación de plasma de pacientes convalecientes recuperados de Covid-19.
Fundamentación del proyecto
La Organización Mundial de la Salud “lo ve como un tratamiento útil para el Covid-19, para ello elaboró un documento en la Red de Organismos Reguladores de la Donación y Transfusión de Sangre de la OMS sobre el uso de plasma, suero o concentrados inmunoglobulínicos, que así lo respalda”, reprodujeron.

“Frente a la gravedad de esta pandemia, es de urgente resolución regular la donación, recepción y depósito de plasma sanguíneo”, consideran las estudiantes de Villa Elisa al argumentar que “es una acción paliativa, ante la falta de una vacuna que lo prevenga o medicamento que lo curen aprobado por parte del ANMAT”.

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