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El gobernador Gustavo Bordet mandó a reglamentar la Ley Provincial Nº 10.911 de “Patrimonio Cultural Provincial Material e Inmaterial”, a partir de la cual se crea una Comisión para la Preservación del Patrimonio Cultural y se conforma una Red Entrerriana de Patrimonio Público Privado.

La norma legal establece definiciones, organización y criterios generales para “concretar objetivos y garantizar el cumplimiento de los fines de la ley”, a partir de un trabajo que involucró al Área de Patrimonio Cultural y Ambiental y la Coordinación Legal, dependientes de la Secretaría de Cultura de la provincia.

En los primeros artículos del anexo de la ley se establecen definiciones y clasificaciones correspondientes a conceptos, tales como “Patrimonio Cultural Material”, “Patrimonio Arquitectónico”, “Patrimonio Arqueológico” y “Patrimonio Artístico e Histórico”, como así también un detalle conceptual de “Patrimonio Cultural Inmaterial”, su clasificación y ámbitos donde se desarrolla.

A partir del artículo 4º, se especifica cuál será la autoridad de aplicación de esta legislación, que corresponderá a la Secretaría de Cultura, a través del Área de Patrimonio Cultural y Ambiental.

A los fines de las declaratorias patrimoniales, la autoridad de aplicación propondrá al gobernador los bienes materiales e inmateriales que formarán parte del patrimonio cultural de la provincia (tanto como su desafectación), mediante trámite administrativo. En esa instancia, se analizará el cumplimiento de la ley en cuanto a las características propias del bien, al efecto de que se dicte la norma por parte del Poder Ejecutivo.

La reglamentación también establece crear una comisión para la Preservación del Patrimonio Cultural de la provincia como órgano asesor permanente, con carácter ad honorem, presidida por la Secretaría de Cultura e integrada por municipios, entes privados, asociaciones profesionales y universidades públicas y privadas que quieran participar.
Funcionamiento del inventario
El registro único de bienes materiales se implementa mediante el “Inventario del Patrimonio Histórico Arquitectónico de Entre Ríos” desde el año 2003 hasta la fecha, donde se encuentran catalogadas 600 fichas con los inmuebles y áreas patrimoniales tanto públicos como privados, de conformidad al Decreto Provincial Nº 6.676/03 MGJ, el cual se anexa a esta nueva ley.

Este inventario podrá ser incrementado siempre que las postulaciones elevadas cumplan con atributos de pertinencia patrimonial, lo cual será evaluado por la autoridad de aplicación.
Cómo será la red
A partir de la reglamentación de esta nueva ley, se quedará conformada la “Red Entrerriana de Patrimonio Público Privado”, encabezada por la principal autoridad del área cultural de cada municipio y coordinada por la autoridad de aplicación, con el objetivo de relevar todos los bienes culturales pasibles de ser tipificadas como “Bienes Culturales Materiales e Inmateriales de la Provincia de Entre Ríos”.

Para integrarla, se deberá realizar la solicitud por nota del titular del área municipal, constituida por el presidente municipal, manifestando la conformidad y el compromiso de mantener los datos actualizados del relevamiento que efectúen.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos

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