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Ubajay pondrá en práctica una ordenanza que considera la primera en su género dentro del Departamento Colón, buscando contrarrestar una polémica desatada en la localidad ante la creciente circulación de motos y vehículos en general que, a través de escapes libres o modificados, producen ruidos molestos.

Por iniciativa del bloque oficialista “Junta Vecinal Ubajay”, el Concejo Deliberante local decidió tomar cartas en el asunto frente a “la acción antisocial de algunos que, habiéndose dado la posibilidad de quitar el escape antirreglamentario, no entendieron, y volvieron a las andadas quitando la paz de vecinos y mascotas con sus contra explosiones”, hicieron saber desde el Ejecutivo al promulgar la normativa.

A partir de ahora, los inspectores de tránsito podrán, no solo retener una moto o un auto que no posea los escapes reglamentarios u originales de fábrica, sino también proceder a su decomiso y posterior destrucción, oficiado por el Juzgado de Faltas.

De esa manera, entrará en vigencia una ordenanza “que coloca a Ubajay a la vanguardia en razón de la contaminación sonora que provocan las contra explosiones de motos y autos, muchos de ellos siguiendo una moda totalmente perjudicial al resto de los vecinos”, añadieron como fundamento de las nuevas medidas.
Ordenanza, punto por punto
A continuación, El Entre Ríos reproduce textualmente el articulado de la nueva legislación municipal, que entrará en vigencia en Ubajay.

Artículo 1º) Prohibir la circulación en la vía pública de automóviles, motos, cuatriciclos, y bicicletas o triciclos motorizados, que tengan incorporados caños de escapes libres, sustituyendo los originales de fábrica o modificados los mismos, y que a su vez provoquen contaminación sonora altamente molesta, alterando el descanso y tranquilidad de los vecinos con “contra explosiones”.

Artículo 2º) Sancionar al infractor con la RETENCIÓN del vehículo y DECOMISO de los ESCAPES NO ORIGINALES DE FÁBRICA, por lo tanto no homologados y antirreglamentarios, causantes de la contaminación sonora altamente molestos, que perturban la tranquilidad o reposo de la población, o cause molestias en espacios públicos o privados.

Artículo 3º) A los efectos de la restitución del vehículo, el infractor titular deberá abonar una multa de entre 25UF y 200UF, más los gastos por traslado, estadía y depósito determinados, debiendo el mismo proveer las piezas homologadas para reparar el sistema de escape de la unidad, a su cargo, debiendo ser colocado en taller municipal o en el que determine el Municipio de Ubajay, como requisito previo a su restitución al titular.

Artículo 4º) Facultar al Juzgado de Faltas, luego de 6 meses de decomiso, a la destrucción de los caños de escapes decomisados, a los efectos de sacar de circulación los mismos. Tal acción deberá ser publicada por los medios de prensa y comunicación del municipio, para una mayor transparencia y conocimiento general del procedimiento.

Artículo 5º) Informar a los comerciantes de ventas de los vehículos y accesorios para las unidades descriptas en el Artículo 1º, la siguiente reglamentación, sugiriendo la NO VENTA de escapes libres NO HOMOLOGADOS para la CIRCULACIÓN dentro del ejido urbano.
Nuevas atribuciones, más procedimientos
Con la puesta en práctica de esta ordenanza, la Municipalidad de Ubajay quedará comprometida a ir más allá de las multas por infracciones que puedan aplicarse en controles de tránsito, de manera circunstancial.

Ahora, sus obligaciones se verán ampliadas, de la mano de nuevos procedimientos a encarar: designar al encargado de readaptar los escapes para la restitución de las unidades; como así también -en caso contrario- instrumentar mecanismos de transparencia para su destrucción, pasado el plazo de seis meses que fue establecido.

Igualmente, desde el municipio deberán tomar contacto con quienes se dediquen a la comercialización de vehículos y accesorios de este tipo, sugiriendo la no venta de escapes libres no homologados para la circulación dentro de la localidad.
Fuente: El Entre Ríos / Municipalidad de Ubajay

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