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Zapata es concejal de la oposición en Tala.
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El Concejo Deliberante de Rosario del Tala dispuso, este miércoles por la noche, la suspensión preventiva del edil Diego Zapata, sin goce de haberes. “Atento el proceso penal de investigación en trámite que debemos respetar el debido proceso y el derecho de defensa”, se propuso desde el organismo.
El texto legislativo de la suspensión
El proyecto del Concejo indica lo siguiente: “Disponer la suspensión en el ejercicio del cargo de concejal de este municipio sin goce de haberes, al Sr. Diego Iván Zapata. Visto el Legajo 9436 que lleva adelante la Instrucción Penal Preparatoria (IPP) por parte de la Unidad Fiscal de nuestra ciudad a cargo de la Fiscal Dra. Emilse Reynoso, y considerando que en el legajo mencionado se atribuye la participación punible en hechos delictuales contemplados en el Código Penal y que son objeto de investigación, habiéndose dispuesto por el Juzgado de Garantías local, la prisión preventiva del concejal Zapata; que este Concejo Deliberante es respetuoso de las garantías constitucionales que le asisten al mencionado concejal, tales como las previstas por los art. 18, 19 y concordantes de la Carta Magna Nacional; que la medida de prisión preventiva dispuesta le impide al referido concejal el efectivo ejercicio de su cargo, que las conductas punibles endilgadas son de gravedad institucional y se encuentran amparadas en el bloque constitucional de nuestra Carta Magna como lo es la ley 26.061 (Convención de los Derechos del Niño), que esta situación se encuentra comprendida en los arts. 37 de la Constitución de la provincia de Entre Ríos, la ley 9755 de Entre Ríos, art. 90 de la ley 10027, art 98 inc B y C de la ley 10027; que dadas las circunstancias explicitadas corresponde, en atención a lo dispuesto por los art 95 inc. b), y 98 inc b) de L.O.M aplicar en forma preventiva la sanción correspondiente al estado de situación que se detalla”.

Más adelante, el proyecto puso a consideración del cuerpo: “Artículo 1°): Dispóngase la suspensión sin goce de haberes (dieta) a partir del día de la sanción del presente decreto , del Concejal Sr. Diego I. Zapata, DNI N° 30.107.641 atento las circunstancias obrantes en el legajo de Instrucción Penal Preparatoria N° 9436 en trámite en la Unidad Fiscal de nuestra ciudad a cargo de la Dra. Emilse Reynoso. Artículo 2°) Comuníquese al DEM, a la Contadora Municipal y/o quien corresponda, a los efectos de tomar nota de lo dispuesto respecto a suspensión en el goce de haberes”.
“Situación anómala”
María Inés Ríos, concejal del bloque vecinalista, sostuvo en el recinto que se trata de una situación “anómala” porque “no está reglada específicamente”. “El concejal Zapata está inmerso en una investigación penal, se le atribuye la comisión de delitos de acción pública, conductas punibles contenidas en nuestro Código Penal, que no viene al caso analizar aquí, y por dichas conductas de las que hay indicios graves, y concordantes se ha dictado el inicio de la IPP y como medida cautelar la prisión preventiva por 90 días”.

“Esta medida se dicta en el convencimiento que el imputado, si estuviere en libertad pudiere entorpecer la investigación judicial o podría fugarse. El Juez de Garantías para proteger la investigación dicta las medidas que considera apropiadas ante cualquiera de los dos riesgos mencionados. En el presente caso dictó la prisión preventiva”, consideró.

Ríos analizó la ley orgánica de municipios. “El presente caso de gravedad institucional tiene a un concejal con una medida privativa de libertad, que no está firme, es decir, ha sido apelada y el órgano de apelación puede variarla, pero nosotros debemos resolver con los datos que tenemos hoy”, dijo más adelante.

“Hemos pensado este proyecto de tal manera que contemple, una sanción por estar incurso en una instrucción penal preparatoria, lo que significa que hay evidencia de haber quebrantado el sistema jurídico, como también respetar el derecho de defensa y el principio de inocencia que se encuentran en nuestra constitución nacional y que no podemos obviar”, acotó.
“Zapata tiene derecho a defenderse”
Ríos remarcó que “el concejal Zapata tiene derecho a defenderse de las acusaciones en su contra, y este Concejo, sin desconocer el principio de inocencia, también puede tomar medidas que lo alejen del cargo de concejal mientras dure el proceso”.

“Esta medida que proponemos también tiene en cuenta el futuro devenir de un trámite judicial. ¿Qué pasa si el trámite judicial iniciado termina con el sobreseimiento del encartado? ¿Quién se hará cargo de los daños y perjuicios que pudieren reclamar al municipio? Por eso es una medida preventiva, cautelar, provisoria. Hemos pensado también en establecer que la suspensión sea sin goce de la dieta. El cargo de concejal es un cargo electivo, de carácter político, no es una relación de empleo público típico, ya sea por el tiempo que demanda que no son las 6 u 8 horas diarias continuas, primigeniamente era un cargo honorario, es decir se prestaba en forma gratuita.- Hoy por hoy todos los municipios de la provincia abonan emolumentos a los concejales, excepto en Cerrito, donde los concejales no reciben dieta.- La dieta no tiene carácter remunerativo ni alimentario”, dijo. “Por lo tanto la no prestación de la función de concejal, amerita disponer el no pago de la dieta que dicha función conlleva. Este proyecto que traemos a consideración es la propuesta de nuestro bloque que está abierta a modificaciones o nuevas ideas o aportes que puedan hacer los otros bloques. Por ello, haciendo jugar los postulados del art. 37 de la Constitución de Entre Ríos, de la ley 9755 de Ética Pública de nuestra provincia, las conductas punibles contenidas en la LOM y en nuestro reglamento, es que propiciamos la suspensión del Concejal Zapata sin goce de sueldo (dieta). Y reiteramos que ante la gravedad del caso, la existencia de menores a quienes no debemos re-victimizar, las familias de todos los involucrados, es que debemos extremar la prudencia en el manejo de la información y comentarios, confiando en el proceso judicial que se está llevando a cabo”, valoró por último.
Fuente: Análisis Digital.

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