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Desde 2014, bancos deben tener baños públicos.
Desde 2014, bancos deben tener baños públicos.
Desde 2014, bancos deben tener baños públicos.
Bahler es autor de un proyecto de ley por el que pretende obligar a las entidades bancarias, todas, que tengan sede en la provincia a contar con al menos un baño público en cada una de sus sucursales.

Baño, "obligatorio"

El baño de uso de los clientes, entiende el legislador, será de carácter "obligatorio", eso dice el proyecto de ley, y persigue el objetivo de que "todos los bancos de la provincia de Entre Ríos cuenten con al menos un baño público para uso de adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas, niños, etcétera". "Dicho proyecto tiene como fundamento por ejemplo, la cantidad de horas que muchas veces pasan nuestros abuelos para poder cobrar o hacer algún trámite bancario, por lo que esta medida vendría a cumplir una función social importante", dice en los fundamentos de la iniciativa.

Una vez aprobado en la Legislatura el innovador proyecto, se establece un plazo de 180 días para su entrada en vigencia.

La Ley ya existe

Quizá Bahler lo olvidó pero la misma Legislatura que ahora integra sancionó una ley que establece que la espera en comercios, bancos, entidades públicas o privadas con atención al público no deben superar los 30 minutos de espera para cada trámite que se realice en sus oficinas. Y que obliga a los bancos a contar con baños públicos.

Desde 2014, rige la Ley N° 10.236 que prevé sanciones y multas para bancos, supermercados u organismos del Estado, entre otros, que sometan a una espera superior de 30 minutos a los consumidores.

En su artículo 1°, la ley considera "práctica abusiva" y contraria al "trato digno" de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva al público a las siguientes situaciones:

A la demora que someta a un tiempo mayor de 30 minutos en espera en las cajas habilitada para cobros y pagos. A la espera en condiciones de incomodidad que obliga a soportar las inclemencias climáticas a efectos de ser atendidos en su requerimiento.

A la falta de sanitarios de acceso libre y gratuito a disposición de los concurrentes. Al tiempo de espera superior a los 60 minutos para ser atendido, aún cuando se provea de asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según talón numerado.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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