En este sentido, Rolandelli había dicho que en el padrón que emite la Cámara Nacional Electoral, “Ana Ruberto figura en el padrón de la provincia de Santa Fe”.
La resolución
La Junta Electoral rechazó el planteo por “manifiestamente extemporáneo”. La resolución apunta que “si bien no hay fecha de presentación (de la impugnación) por haber sido realizada en la Mesa de Información Permanente, surge de la carátula confeccionada por el Tribunal Electoral de la provincia que la presentación fue realizada el día 4 o 6 de mayo”.Y explicaron que, según prevé el cronograma electoral, el 3 de mayo “finalizó el plazo para expedirse el Tribunal Electoral y la Junta Elemental Municipal respecto a las candidaturas”.
Se agrega, además, que “el 1 de marzo de 2019, el Tribunal Electoral dio a conocer las listas de precandidatos que luego resultaron convalidadas por el voto popular, oportunidad en que los presentantes no efectuaron impugnación alguna”, advierte la resolución que añade, además, que oportunamente el frente Creer Entre Ríos presentó documentación que acredita la residencia de la impugnada.