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La Dirección de Inspección de Personas Jurídicas dispuso que se reconozcan como vigentes los mandatos de miembros de "órganos de gobierno, administración y fiscalización”, cuyo vencimiento se encuentra dentro de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020.

La disposición está contenida en la Resolución Nº 131, que prorroga la Nº 69 del organismo provincial: “Tiene como objetivo garantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el gobierno nacional ante el Covid-19”, de acuerdo a su principal fundamento.

En ese sentido, el titular de Inspección de Personas Jurídicas, Lisandro Amavet, contempló que “se exceptúa a las entidades que desean realizar las asambleas de manera virtual, de acuerdo al procedimiento que establecimos en nuestra Resolución Nº 55/2020”. No obstante, aclaró: “Deberá estar previamente oficializada la lista de candidatos a los órganos electivos y la posibilidad de elección de autoridades mediante asambleas virtuales solo es para los casos de lista única”.

La resolución detalla, además, que las entidades deberán convocar a la asamblea general ordinaria “dentro de los 60 días corridos posteriores al levantamiento de las prohibiciones vigentes a nivel nacional y provincial”, en el marco de la pandemia.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos

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