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El gobernador firmó el decreto N° 1802/20, por el cual la Provincia adhiere a la norma nacional que impide los cortes de servicios por falta de pago.

Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y tv por cable por vinculo radioeléctrico o satelital no podrán disponer la suspensión o corte del respectivo servicio a los usuarios o usuarias en caso de mora o falta de pago de hasta 6 facturas consecutivas o alternadas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020. Asimismo, quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso.

La decisión de extender la suspensión de los cortes de servicios por 180 días se fundamenta en la necesidad de contar, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia, con el acceso a los servicios básicos.
“Toda la sociedad está sensibilizada y solidarizándose”
La autoridad de aplicación de la norma en lo referente a energía eléctrica compete al Ministerio de Producción, quien deberá adoptar las medidas pertinentes e instruir a sus organismos técnicos competentes para la efectiva implementación de lo dispuesto.

En este sentido, el el ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, Juan José Bahillo, afirmó que la medida alcanza a usuarios particulares, empresas, industrias y distintos sectores productivos.

Al respecto, Bahillo indicó que “es el resultado de la permanente atención y contacto que tenemos con todos los sectores y la permanente evaluación que hacemos sobre los efectos de la pandemia”.

“Toda la sociedad está sensibilizada y solidarizándose -expresó el Ministro- por eso también le pedimos un esfuerzo a las compañías prestadoras de servicio para contribuir a mitigar las consecuencias económicas del Covid”.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos

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