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Mediante la ordenanza 1/18, sancionada en la última sesión del Concejo Deliberante de San José, quedó “prohibida por el termino de 60 días, en el área urbana e intersticio urbano delimitados según la ordenanza municipal 10/11, toda pulverización área, terrestre autopropulsada o de arrastre, de productos agroquímicos y/o plaguicidas. Quedando exceptuadas las pulverizaciones realizadas con fines sanitarios, con la correspondiente habilitación de la autoridad municipal”.

En el artículo 2º se detalla que se consideran agroquímicos o plaguicidas “a las sustancias naturales y/o sintéticas, de acción química y/o biológicas que tienden a evitar los efectos nocivos de especies vegetales o animales sobre los cultivos, como también aquellas sustancias susceptibles de incrementar la producción vegetal; se deja constancia que quedan equiparados o comprendidos en la definición de agroquímicos los siguientes términos: biocidas, insecticidas, acaricidas, nematodicidas, funguicidas, bactericidas, antibióticos, mamalicidas, avicidas, feromonas, molusquicidas, defoliantes y/o desecantes, fitoreguladores, herbicidas, coadyuvantes, repelentes, atractivos, fertilizantes, inoculantes y todos aquellos otros productos de acción química y/o biológica no contempladas en esta clasificación, pero que sean utilizadas para la protección y desarrollo de la producción vegetal”.

Las transgresiones a la ordenanza serán pasibles de las siguientes sanciones:

a- Ante la primera transgresió,n será sancionado con clausura del predio, por el plazo de 7 días.

b- Ante nuevas transgresiones, corresponderá la sanción de clausura por el plazo que determine el órgano de aplicación, el cual no podrá exceder de 60 días.
Argumentos
Entre las consideraciones, el proyecto menciona que “en la actualidad el Municipio de San José carece de una ordenanza que regule la aspersión de plaguicidas y/o agroquímicos” y que “si bien existe normativa provincial que regula la materia en cuestión, más precisamente la ley provincial 6.599 y sus normas complementaria, se vienen suscitando varios episodios que alteran la normal convivencia entre los vecinos, y que dicha normativa provincial resulta insuficiente para garantizar tranquilidad a todos los vecinos”.

Explica además que “se han llevado a cabo diferentes acciones ante los organismos provinciales competentes, sin que se hayan obtenido las respuestas necesarias para garantizar la normal convivencia entre los diversos actores”.

“Este cuerpo legislativo se encuentra trabajando en la elaboración de un proyecto de ordenanza sobre la materia en cuestión, persiguiendo como objetivo de alcance gradual la producción agroecológica, a los efectos de contar con una normativa adecuada a la realidad local y que permita el desarrollo de las diferentes actividades productiva, sin alterar la normal convivencia social”, finaliza diciendo.
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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