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El Ministerio de Salud de Entre Ríos denegó la petición de un mamógrafo para el Hospital San Roque de la ciudad de Villa Elisa, a partir de un planteo que había sido formulado a fines de 2020 por parte del oficialismo, a través del Concejo Deliberante local. Este nosocomio “se encuentra categorizado como ESCIG nivel de riesgo IB e integrado en la Región Sanitaria 3, donde se identifica al Hospital San Benjamín de Colón como ESCIG nivel de riesgo 2B con UTI y el Hospital Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay como ESCIG nivel de riesgo 3A”, explica el documento emitido desde Paraná, con la firma de la secretaria de Salud, Carina Reh.

Ambos nosocomios de referencia “tienen indicación sanitaria de contar con Servicio de Diagnóstico por Imagen”, en el caso del colonense “de mediana productividad” y en el del uruguayense “de alta productividad”, motivo por el cual “la indicación de un equipo de mamografía se inscribe en cada uno de ellos”. A mayor abundamiento, la respuesta oficial sostiene que “el Hospital San Benjamín debe garantizar la red de prestación para diagnóstico mamario al Departamento Colón”, razón por la que “fue individualizado para recibir el equipo de mediana productividad por parte del Programa de Recursos Físicos, que -según figura en este documento, fechado el 5 de abril- será entregado en este ejercicio”.

De cualquier manera, desde Salud “no se descarta que desde el municipio y/o desde un efector privado pueda continuarse con la iniciativa de instalar dentro del ejido un equipo con financiación municipal o privada”, dejándolo “a criterio de los interesados”.
El pedido de mamógrafo
Ignorando los parámetros que impone la categoría, el 26 de octubre de 2020 el Concejo Deliberante de Villa Elisa había solicitado al Ministerio de Salud “la provisión e instalación de un equipo de mamografías (mamógrafo)” para el hospital local.

La aprobación unánime de la Resolución Nº 179 estaba basada en “la necesidad de arbitrar todos los medios disponibles para contribuir a la lucha contra el cáncer de mama” y en que “nuestro hospital no cuenta con servicio de mamografía”. “Dicho servicio es de vital importancia, ya que la capacidad de identificación de lesiones de mínima dimensión ha difundido la utilización de la mamografía en revisiones sistemáticas para detectar tumores antes de que puedan ser palpables y clínicamente manifiestos”, decía la argumentación del proyecto elaborado por el bloque “Juntos por el Cambio”.

Una vez aprobado, el articulado de la resolución ordenaba enviar copia y solicitar apoyo en la gestión “para lograr una respuesta rápida y favorable” al gobernador Gustavo Bordet, al senador Mauricio Santa Cruz y a la dirección del nosocomio local.
El 10 por ciento de lo que gana un municipal
Vinculado a la salud pública, el Concejo Deliberante sancionó por unanimidad la Ordenanza Nº 2133 en la última sesión, otorgando a la asociación cooperadora del Hospital San Roque un aporte mensual equivalente al 10 por ciento de la categoría 5 del escalafón municipal.

Se trata de un aporte de carácter “no reintegrable”, con rendición de cuentas a presentar ante Contaduría Municipal: “Será administrado por dicha Asociación para la compra de equipamientos, reparaciones edilicias o para lo que esta Asociación (sic), en articulación con la Dirección del Hospital, crea necesario o conveniente”. Con la promulgación de este nuevo instrumento, quedará derogada la Ordenanza Nº 1683 “que si bien prevé una ayuda económica, la misma consiste en una suma fija de $3000, la cual ha quedado desactualizada desde el año 2013 a la fecha”. En efecto, los ediles entendieron que “resulta necesario actualizar dicho importe” y que “se ajuste con el transcurso del tiempo de manera constante”.

Entre los considerandos del proyecto aprobado, se hace alusión a que “el hospital local es el único centro de salud con guardias médicas las 24 horas” y que “es de suma importancia para esa Asociación (cooperadora) contar con una ayuda económica continua y permanente, para hacer frente a distintas erogaciones”.

El aporte deberá ser liquidado mensualmente por el Departamento Ejecutivo Municipal “dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al que corresponda”, es decir, a mes vencido.
Fuente: El Entre Ríos

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