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A mitad de enero, el Ministro de Gobierno de Entre Ríos, Mauro Urribarri, sorprendió a propios y extraños al anunciar lo que no pocos automovilistas habrán festejado: los radares de las rutas entrerrianas dejarían de funcionar.

La explicación sonó a música para los oídos de tantos viajeros fastidiados por los controles de velocidad. "La suspensión del sistema de radares y fotomultas nos permitirá optimizar el sistema mediante un trabajo de relocalización de los dispositivos con su necesaria señalización; ya que se comprobó que muchas veces sorprenden a los viajeros", dijo el hijo del ex gobernador.

La noticia fue respaldada con una fotografía del encuentro entre Mauro Urribarri y el Jefe de Policía, Gustavo Maslein, en la que ambos lucían sonrientes y distendidos.

Pero tanto la imagen como el "relato" no tuvieron otra misión que esconder la verdad. Dicho de otro modo, fue la puesta en escena de una mentira.

Irregularidades al por mayor


Pocos días antes de entregar el poder, la gestión de Sergio Urribarri se apuró a firmar contrato con la empresa Systeco SA (Sistemas y Servicios Tecnológicos de Control Sociedad Anónima), la única oferente que se había presentado a la Licitación Pública 053/2015 de la Policía de Entre Ríos, para "proveer un sistema de control electrónico de infracciones de tránsito que comprenda excesos de velocidad, adelantamiento indebido de vehículos y control de tránsito con luces bajas, incluyendo la gestión de cobro extrajudicial de las multas derivadas de la aplicación del sistema".

Al parecer, Gustavo Bordet se enteró de esta "concesión" recién cuando desembarcó en la Casa Gris. Ni el gobernador saliente ni su compañero de fórmula Adán Bahl lo habían puesto al tanto de la situación. Se supone que Bahl no podía desconocer el trámite, puesto que dependía del ministerio a su cargo.

A poco de estudiar el asunto, Bordet adoptó una decisión que no es frecuente en la administración pública. Mediante un decreto que aún no fue publicado en el Boletín Oficial, el actual gobernador revocó "de oficio" por "ilegitimidad" tanto la licitación como el contrato de adjudicación con Systeco SA.

Obvio, tamaña determinación nada tuvo que ver con la necesidad de "relocalizar los dispositivos", la ingenua explicación de la que se valió Mauro Urribarri para tapar el escándalo.

La verdad es otra. El contrato cayó porque estaba plagado de "vicios", por donde se lo mire:

* Había burlado el indispensable control de legalidad de la Fiscalía del Estado;

* Premiaba a Systeco con un porcentaje de las multas, lo que está expresamente prohibido por la Ley Nacional de Tránsito;

* Y como si lo anterior no fuera suficiente, las multas que confeccionaría Systeco no tendrían validez legal, porque no se preveía la necesaria identificación del infractor.

Un "olvido" que se volvió costumbre


En efecto, fue una larga lista de irregularidades la que convenció al gobernador entrante de que debía dar marcha atrás, si no quería convertirse en cómplice de una grosera ilegalidad.

La primera anomalía detectada fue un "olvido" de carácter formal, sólo en apariencias inocente: Tanto la licitación como la posterior adjudicación fueron llevadas a cabo sin pasar por el imprescindible control preventivo de legalidad de la Fiscalía de Estado. El artículo 8 de la ley provincial 7296 obliga a que todo acto de gobierno que afecte los intereses patrimoniales de la Provincia debe ser primero revisado por la Fiscalía.

Lo aún más llamativo es que se trató de un "olvido" reiterado, sistemático, puesto que una primera licitación de los radares, la número 047/2015, que abortó debido a objeciones de la Contaduría General de la Provincia, tampoco había sido sometida a revisión de la Fiscalía de Estado.

Y mucho antes del año 2015, cuando a la misma empresa se le había prorrogado una concesión "por razones de urgencia" mediante el decreto 3688/14 MGJ, también la Fiscalía de Rodríguez Signes había sido gambeteada, sin que se sepa que el Fiscal se haya molestado por ello.

La cuestión de fondo: el destino del dinero


Pero la más grave irregularidad que convenció a la gestión Bordet de que el contrato con Systeco debía ser revocado de plano fue el destino a dar al dinero recaudado por las multas.

El convenio asignaba a Systeco SA un porcentaje de las infracciones cobradas, contrariando abiertamente una prohibición expresa que la Provincia se había comprometido a respetar en virtud del convenio federal aprobado por la Ley nacional de Tránsito 26.353, vigente en Entre Ríos a partir de la sanción de la Ley 10.025, de adhesión a la Ley 26.363

La cláusula novena del Convenio Federal sobre Acciones en Materia de Tránsito y Seguridad Vial, en su inciso d), no deja margen a dudas: "Cuando las autoridades jurisdiccionales no operen en forma directa los sistemas de registro fotográfico, contratando con empresas privadas ese servicio, la contraprestación a cargo de los entes públicos contratantes no podrá consistir, total o parcialmente, en porcentajes del producido de las multas aplicadas ni en ningún otro parámetro vinculado al rendimiento económico del equipamiento aportado".

Explícita intención de violar la ley


Lo que torna aún más grave del asunto es que el gobierno de Urribarri fue alertado de la ilegalidad que se aprestaba a cometer.

Al revisar la primera licitación, la 047/2015, la Contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia detectó el flagrante incumplimiento de la Ley Nacional de Tránsito y lo volcó en un informe. Pero nadie le hizo caso y ni siquiera entonces se consultó a Fiscalía de Estado.

Con una impúdica terquedad para apartarse de la ley, como si todo estuviese armado sólo en función del reparto de los millones de pesos en juego, se llamó a la segunda licitación, la 053/2015, en la que se volvió a ofrecer como retribución a la empresa un "cargo variable" en función de un porcentaje de la recaudación de las multas detectadas, más un "cargo fijo" en compensación de gastos administrativos por cada acta de infracción.

Pasando en limpio, Systeco SA acrecentaba sus ganancias en la medida en que aumentaban las infracciones de tránsito, tornando represivo y recaudatorio al sistema, en manifiesta oposición a la finalidad educativa y preventiva que prevén las leyes de tránsito vigentes.

Multas jurídicamente nulas


Como si lo anterior no fuese suficiente, el contrato de concesión de las foto radares que Urribarri le dejó a Bordet cual presente griego también desoía numerosas sentencias del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.

En el año 2009, la Fiscalía de Estado, haciéndose eco de reiterados fallos del STJ, recomendó al gobierno provincial que el procedimiento de comprobación de infracciones de tránsito a través de foto radares garantizara la observancia del debido proceso legal.

Ello en razón de que los jueces del Superior se cansaron de declarar inválidas a las foto multas por un elemental error de procedimiento en el que el gobierno de Urribarri estaba dispuesto a recaer una vez más al contratar a Systeco: no prever la detención e individualización del conductor del vehículo que presuntamente había excedido la velocidad.

¿Podían desconocer la Policía, el Ministerio de Gobierno y el gobernador saliente lo que muchos ciudadanos saben hace años y sin necesidad de ser abogados: que las fotomultas carecen de valor legal si nadie detuvo al conductor y lo identificó?

¿Qué otro propósito si no el de sacarle dinero a los que no se atrevieran a recurrir a los tribunales podía tener un contrato con una empresa para que confeccionara actas que de antemano se sabía serían legalmente nulas si fueran recurridas en la Justicia?

Tantos "vicios graves" en un único contrato del que dependía una caja recaudadora multimillonaria, ¿fueron acaso meras torpezas o constituyen elocuentes indicios de otra estafa que estuvo a punto de perpetrarse?

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