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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó un nuevo recurso interpuesto por un grupo de policías entrerrianos que fueron condenados en 2015 a 8 años de cárcel por los delitos de torturas, privación ilegítima de la libertad y vejámenes. Los uniformados habían apelado sus condenas ante el máximo tribunal nacional, pero el 22 de diciembre de 2020 los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti y Horacio Rosatti desestimaron la pretensión. Contra esta resolución interpusieron un recurso de queja y el 3 de junio último recibieron un nuevo revés.

“Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no cumplió con el requisito previsto en el artículo 7° inciso C del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Por ello, se la desestima”, dice la escueta decisión de la Corte.

El caso en cuestión es el que involucra a integrantes de la División Investigaciones de la Jefatura Departamental Tala, Marcelo José Milezzi, Ludmila Natalí Soto, Héctor Leopoldo Mori, Claudio Marcelo Monroy, Gustavo Daniel Forneron y Neri Andrés Magallán; quienes fueron condenados el 25 de agosto de 2015 por los delitos de torturas en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad y vejámenes.

Los uniformados recibieron una pena de 8 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta y perpetua con accesorias legales, manteniendo su libertad hasta que la presente sentencia se torne ejecutable.

Pablo Leoncio Segovia, jefe de Investigaciones de la Departamental Tala, recibió 2 años de prisión condicional por los delitos de torturas en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad y vejámenes por omisión funcional.

De esos seis condenados, sólo Soto, Mori y Monroy apelaron su sentencia hasta llegar al máximo tribunal nacional, que finalmente dejó firme sus condenas.
El caso
Los hechos por los cuales fueron condenados los policías sucedieron los días 29, 30 y 31 de marzo de 2012, en Rosario del Tala. Entonces, los efectivos secuestraron a dos adolescentes de 14 y 15 años, a quienes acusaron de haber robado elementos de una escuela, los trasladaron a un descampado y los sometieron a un simulacro de fusilamiento y luego, uno de los chicos, fue torturado con una picana eléctrica. Durante el proceso, las víctimas fueron representadas por los abogados Rubén Pagliotto e Iván Vernengo.

El fallo de 2015 fue apelado por los policías y recibieron varios reveses judiciales. El 15 de diciembre de 2016, la Cámara de Casación Penal de Paraná rechazó el recurso de casación y, luego, en junio de 2018, el STJ no hizo lugar a una impugnación extraordinaria, con lo cual dejaba firme la sentencia y los uniformados debían comenzar a cumplir sus condenas en la Unidad Penal de Concepción del Uruguay.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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