La nueva modalidad comenzará a implementarse en un plazo de 60 días y, según las autoridades, no afectará las normas de seguridad vigentes. La medida, que busca entre otras cosas fomentar la competencia, tiene como objetivo reducir los costos del transporte.
A grandes rasgos, esta novedad implica que el transporte automotor de pasajeros dejará de ser considerado un servicio público. Esta modificación permitirá a las empresas del sector tener mayor libertad para establecer precios, modificar o discontinuar rutas no rentables y facilitará la entrada de nuevas compañías al mercado.
Entre los considerandos del decreto, se encuentran los principales argumentos de la medida. “El gobierno nacional ha puesto en marcha un amplio programa de transformación del sistema nacional de transporte, tendiente a racionalizar la oferta de servicios, expandir las inversiones y disminuir los costos en la perspectiva de contribuir al incremento de la competitividad de la economía y al mejoramiento de la calidad de los servicios”, señalaron.
Y ampliaron: “Resulta necesario dotar de herramientas normativas más ágiles y flexibles al sistema de transporte con el fin de implementar un régimen que se caracterice por una mayor desregulación en materia de prestación y operación de servicios, promoviendo de ese modo un mayor nivel de competencia. Corresponde adoptar las medidas para que todas las empresas de transporte registradas y las que se incorporen en el futuro puedan prestar servicio libremente en todos los recorridos, brindando continuidad a los que se encuentran actualmente activos”.
De acuerdo al nuevo decreto, “por estar los puertos, aeropuertos y aeródromos nacionales sometidos a jurisdicción federal, con el objeto de facilitar el mejor acceso a los mismos, debe disponerse el libre ingreso de vehículos de servicios de transporte automotor de pasajeros, servicios de alquiler con taxímetros habilitados en cualquier jurisdicción, contratados de manera tradicional o mediante la utilización de plataformas digitales”.
Las empresas que ya se encuentren registradas no necesitarán volver a hacerlo. Sin embargo, las nuevas compañías deberán inscribirse para operar, y, una vez registradas, “obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días post inscripción”, gracias a la implementación del ‘Silencio Positivo’”. Este mecanismo, impulsado por el Ministerio de Desregulación, garantiza que, si no hay objeciones pasados los cinco días, la inscripción será automáticamente autorizada. Esta metodología busca agilizar los procedimientos y evitar retrasos que puedan afectar al usuario.
En cuanto a la seguridad, el gobierno ha enfatizado que no habrá cambios en las exigencias establecidas en la normativa vigente. Las empresas deberán continuar cumpliendo con los requisitos en esta materia, aunque tendrán mayor libertad en otros aspectos del servicio. A partir de la nueva normativa, las compañías podrán establecer libremente sus recorridos, vehículos, horarios, precios y la duración de los servicios. Además, los puntos de ascenso y descenso de pasajeros serán autorizados por las jurisdicciones locales correspondientes.
La disposición oficial lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Guillermo Francos y del ministro de Economía, Luis Caputo.