Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Equal, la entidad elegida para aportar un jurado
Equal, la entidad elegida para aportar un jurado
Equal, la entidad elegida para aportar un jurado
En plena sintonía con los cuestionamientos expuestos públicamente por el Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas -que derivaran en la renuncia del Contador Edgardo Onetto al Consejo de la Magistratura-, la Organización No Gubernamental Entre Ríos Sin Corrupción presentó este lunes a primera hora un pedido formal de revocatoria contra el decreto del Gobernador Gustavo Bordet, mediante el cual se convocó a concurso para cubrir vacantes en los organismos de control de las cuentas públicas. “Algunos aspectos de dicho llamado confrontan rotundamente con la normativa constitucional que rige la materia”, comienza exponiendo la ONG, haciendo foco en el Decreto 987 del Departamento Ejecutivo de Entre Ríos.

Uno de los principales cuestionamientos apunta a los representantes de las asociaciones civiles elegidos por el gobernador para que integren el jurado. Entre Ríos Sin Corrupción denuncia que han sido seleccionadas “personas que carecen de las condiciones constitucionales, legales y reglamentarias para ser instituidos como jurados de dichos concursos”.

“El propio Poder Ejecutivo, al elegir los representantes de las asociaciones civiles -explican-, debió atenerse a la manda constitucional, la cual ha establecido como requisito indispensable para las asociaciones civiles que tendrán representación en dicho Jurado, que su “objeto principal sea la promoción de la transparencia y la ética en la función pública”.

Pero resulta que las dos asociaciones privilegiadas por el gobernador Gustavo Bordet no están ligadas a la transparencia y la ética pública sino a otros propósitos.

“Es fácil advertir -detalla la presentación- que ninguna de las asociaciones representadas cumple con el requisito constitucional en relación con su OBJETO PRINCIPAL. La Asociación VI.D.A.E.R., tiene como objetivo el apoyo afectivo, el fortalecimiento espiritual, la asistencia material y legal a los familiares de víctimas de delito, sin discriminaciones raciales, políticas, religiosas ni de ninguna otra naturaleza, colaborar en el seguimiento de los casos en la justicia, acompañar a los familiares en el momento de la resolución de los mismos, promover cambios en la legislación vigente, presentar proyectos para su análisis legislativo y todo lo tendiente al bien común. Como es evidente, ninguno de los propósitos de la Asociación civil VIDAER coinciden con la promoción de la ética o la transparencia en la función pública, por lo que la selección de una Jurado en representación de dicha Asociación confronta con la Constitución provincial y debe ser dejado sin efecto”.

“La misma situación se replica en la selección de un representante de la Asociación civil Equal, ya que la misma tiene por objeto promover la eliminación de la discriminación y violencia contra integrantes de la comunidad LGBTIQ+, loable por cierto, pero ajeno al requisito constitucional para el caso. De allí que también esta designación deba ser invalidada”.
Ni siquiera son contadores
Pero ahí no terminan las irregularidades denunciadas por Entre Ríos Sin Corrupción. También exhiben que las personas seleccionadas como jurados desde ambas asociaciones no son contadores, otro requisito básico y obvio:

“La selección realizada por el Sr. Gobernador de la Sra. Carla Cusimano y el Sr. Exequiel Ricardo Salvador, no satisface aquellos requisitos no sólo por el extraño objeto de las Asociaciones civiles que integran, sino porque ninguno de los nombrados es profesional (y desde luego, entonces, carecen de trayectoria reconocida en la materia). En efecto, según la información surgida de la red Linkedin, la Sra. Cusimano es Profesora de Nivel Elemental especializada en Educación Rural y en Frontera (UNCuyo), mientras que el Sr. Salvador posee título secundario de Perito Mercantil, pero no ha acreditado estudios universitarios.- Con lo que queda patente el apartamiento de la decisión del Poder Ejecutivo del marco normativo que ese mismo órgano administrativo dictó para regular los concursos en los cargos de Contador General, Tesorero y miembros del tribunal de Cuentas, tal como rezan los considerandos del decreto que por el presente se recurre.
Fuente: El Entre Ríos

Enviá tu comentario