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A días del trágico hecho ocurrido en Concordia, donde una mujer de 70 años falleció tras un ataque de dos perros rottweiler, resurge la polémica en torno a algunas razas consideradas "potencialmente peligrosas". En ese sentido, Entre Ríos sancionó en 2011 la Ley 10.029 de Tenencia Responsable de estos perros, pero a la fecha aún no fue reglamentada.

El 18 de mayo ingresó en la Cámara baja un proyecto de resolución de la diputada Ayelén Acosta (Cambiemos) quien, acompañada por sus pares de bancada, instó al Ejecutivo a que "proceda a la reglamentación de la Ley 10.029 de Tenencia Responsable de Perros Potencialmente Peligrosos", norma que fue oficializada el 30 de mayo de 2011.

"A casi cinco años, el Estado Provincial no ha llevado adelante políticas conducentes al cumplimiento de esa Ley", advirtió la legisladora de Cambiemos, y remarcó: "dentro de esas políticas está la correspondiente reglamentación que haga posible la aplicación de esa norma".

"La ausencia del Estado y la omisión en la implementación de políticas posibilita que se generen situaciones que terminan en tragedias como la que recientemente ha sido noticia con una condena penal al propietario de un perro que no ha desarrollado una tenencia consciente pues el perro atacó y mató a un menor de dos años", recordó Acosta respecto del caso ocurrido en la localidad bonaerense de Alejandro Korn y por el cual un tribunal de La Plata condenó a ocho años de prisión al dueño del can, en un fallo considerado inédito y que sienta jurisprudencia.

Seguidamente, ahondó la diputada sobre la ley provincial y la obligación del Estado: "ese rol se comienza a cumplir con la publicación de le Ley 10.029 pero sin una reglamentación que la haga ejecutiva, parece más una simple declaración que una herramienta efectiva para promover una tenencia responsable".

La ley


Las razas de alto riesgo que menciona la ley son Akita Inu; American Staffordshire; Beauceron; Boerboel; Bullmastif; Bull Terrier; Ca de Bou; Cane Corso; Cao da Serra da estrella; Cimarrón del Uruguay; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño; Gran Danés; Gran Perro Japonés; Mastín Napolitano; Mastín Español; Mastín de los Pirineos; Ovejero Alemán; Pit Bull Terrier; Presa Canario; Rottweiler; Staffordshire; Bull Terrier; Schanuzer; Tosa Inu.

La norma define como perros potencialmente peligrosos a aquellos incluidos dentro de una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas, a otros animales y daños a las cosas. Se hace extensiva la categoría de peligrosos a los perros que hayan evidenciado, mediante denuncia, antecedentes de agresión hacia personas, otros animales o bienes, cualquiera sea su raza.

Por otra parte se obliga a los dueños de los canes, a obtener de una licencia administrativa renovable anualmente y que será otorgada por los municipios tras cumplir con ciertos requisitos, tales como: ser mayor de edad; no tener condena penal o por infracciones en la tenencia de animales; acreditar una cartilla sanitaria y contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

En cuanto a medidas de prevención, se destaca la seguridad de los inmuebles donde los perros se alojen y la señalización. Se prohíbe transitar con perros sueltos y hasta se prevén sanciones para quienes no adopten las medidas necesarias para que un animal no se escape.

En el artículo 10, se prohíbe el adiestramiento de animales para acrecentar y reforzar su agresividad para ataque, defensa o cualquier otro fin; aclarándose que esto no abarca a los animales que pertenecen a las fuerzas de seguridad.

En Paraná


También en Paraná hubo pocos avances al respecto, pese a la adhesión a la norma provincial que aprobó el Concejo Deliberante el 19 de diciembre de 2013, por medio de la Ordenanza Nº 9.189, oficializada por el Departamento Ejecutivo Municipal a principios de 2014.
Fuente: RecintoNet

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