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El exgobernador Sergio Urribarri y su ministro de Cultura y Comunicación y hoy diputado provincial Pedro Báez consideran que no cometieron delito alguno en el desvío de publicidad oficial en provecho del cuñado Juan Pablo Aguilera por $24 millones, que ese trámite tiene respaldo en los decretos respectivos, que no hubo observaciones de la Contaduría General, ni de la Tesorería General ni menos aún del Tribunal de Cuenas de Entre Ríos, y por ese motivo sostienen que la Justicia debe dictar su sobreseimiento en los delitos que les achacan por peculado y negociaciones incompatibles con la función pública.

Esa fue la línea argumental que expuso en la audiencia que se realizó este lunes por la mañana en Tribunales, y que presidió el juez de Garantías José Eduardo Ruhl, el defensor de Urribarri, Raúl Barrandeguy –junto al codefensor Candelario Pérez-, planteo al que adhirieron los defensores de Báez, Agustín Díaz y José Velázquez, y del resto de los imputados en esa causa, Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli. El recurso técnicamente se denomina excepción por falta de acción: esto es, el Ministerio Público Fiscal no tiene facultades para perseguir un delito porque, sencillamente, no existió delito.

Barrandeguy hizo uso de una encendida arenga no sólo para defender a Urribarri sino también para reprochar lo que a su entender es una “persecución judicial” contra el exgobernador. Primero, fustigó al juez Ruhl, de quien dijo, los defensores “nos hemos sentido desconsiderados” y observó cierta falta de respeto por parte del magistrado en el tratamiento de los planteos que han hecho.

En su exposición, no sólo planteo la excepción por falta de acción en la causa, sino que adelantó que en un eventual juicio, solicitará el sobreseimiento de Urribarri.

Barrandeguy le pidió al juez Ruhl que analice el pedido que formuló y que lo “examine con el detenimiento de los jueces que debe tener el estado de Derecho, sin ninguna posibilidad de influencia de nadie, con una independencia del Poder Judicial, sin poder de juicios populares, ni condenas mediáticas, sin pedir, por ninguna razón, favores al poder político”.

En ese sentido, ponderó que la contratación que el Ministerio Público Fiscal considera delictiva llevada adelante por Urribarri y Báez fue una acción de gobierno que contó con la aprobación de la Contaduría General, la Tesorería y el Tribunal de Cuentas, y que allí no cabe ninguna pretensión de judicializar esa decisión. Que nada tiene que hacer la Justicia si no hubo observaciones de los organismos de control. Y agregó: “No puede vivenciarse una Justicia que es percibida como un procedimiento de persecución política, inhumana, violatoria de garantías”.

En refuerzo de su posición, Barrandeguy pidió informes a la Contaduría, la Tesorería y al Tribunal de Cuentas y lo ingresó como prueba, y solicitó, además, que se cite como testigos al contador general Aurelio Miraglio, al exministro de Economía, Diego Valiero, al actual ministro Hugo Ballay, a la senadora nacional Sigrid Kunath y al fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
Respuesta
A mitad de la extensa exposición, le respondió el juez Ruhl: dijo que jamás le faltó el respeto, y agregó un dato que lo desacomodó. El magistrado dijo que las desinteligencias en el proceso que criticó el defensor de Urribarri se deben a los cambios que introdujo el sistema acusatorio, “que todos estamos aprendiendo”.

Después de eso, Barrandeguy siguió con lo suyo.

“Todos los decretos agregados a la investigación penal preparatoria tienen la intervención de la Contaduría General. La Contaduría pudo verificar, antes de la contratación, el cumplimiento del procedimiento. Y todos tienen el pago realizado por Tesorería. Si no hubiera habido visación de la Contaduría, no se hubiera podido pagar”, razonó. “Esto –apuntó el defensor de Urribarri- exime de responsabilidad al exgobernador”.

Y le advirtió al magistrado respecto de una eventual prosecución del juicio a Urribarri y Cía. “Si no nos saliera bien esto, va a motivar apelaciones, y esta causa va a ser muy examinada. No podemos llevar la causa con un error de estas características”, pontificó Barrandeguy. En ese caso, evaluó, se estaría “pulverizando el control del gasto” por parte de los organismos del Poder Ejecutivo y por el Tribunal de Cuentas.

En esa línea argumental, consideró que la causa es una persecución al exgobernador Urribarri. “Con esto, estamos diciendo que hay que andar bien con el fiscal coordinador, con el suplente del fiscal coordinador. Esto es de una gravedad institucional enorme”, planteó. Y si bien rescató que hay jueces y funcionarios judiciales “ejemplares”, entendió que no es la regla general, y “es una lotería” saber en quién caen las causas. ”Y no es una denuncia a nadie. Probablemente, alguna denuncia deberé hacer ante el STJ, pero no por esto”, aseveró.

“La persona que yo defiendo es un gobernador dos veces votado por 250 mil entrerrianos. ¿Qué creen que piensan esos partidarios del gobernador anterior cuando perciban la enorme arbitrariedad con la que se lo está persiguiendo en todos lados?”, puntualizó el abogado. “Busquemos los corruptos, pero no rompamos el edificio constitucional”, arengó.
Rechazo
Los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa pidieron que el planteo del defensor sea rechazado, lo consideraron dilatorio y reclamaron la pronta realización de una audiencia para debatir el pedido de remisión de la causa a juicio.

“La excepción debe ser rechazada de plano. Es inoportuna e improcedente en esta instancia. Si lo que la defensa pretende es el sobreseimiento, debieron haberlo hecho en la audiencia de remisión a juicio. De lo contrario, importa una forma elíptica en transformar esto en una dilación”, sostuvo Yedro.

“Entendemos que no es la excepción planteada la vía idónea para plantear la inexistencia del delito”, agregó. Y aseveró que la única forma de dilucidar si Urribarri y Báez incurrieron en procedimientos delictivos es en la etapa de juicio oral y público. “Solicitamos la remisión de la causa a juicio porque estamos ante un caso sólido”, añadió.

Yedro trajo a debate el juicio que se tramita contra el exvicegobernador Héctor Alanis (PJ) y al exvicepresidente primero del Senado Humberto Re por peculado por transferencias y usos de fondos de la Cámara de Senadores que no fueron rendidos correctamente. La tesis de la Fiscalía es que el dictamen aprobatorio del Tribunal de Cuentas sobre esos gastos no es cosa juzgada, y que cabe la intervención de la Justicia.

En ese caso, y en el de Urribarri y Báez, aseveró Yedro, la Fiscalía no descarta avanzar en investigar las responsabilidades que le podrían haber cabido a la Contaduría y al Tribunal de Cuentas al aprobar aquellos gastos que ahora se investigan.

Alejandro Cánepa citó fallos, discusiones en el ámbito de la Convencion Constituyente de 2008 y leyes provinciales para asegurar que los dictámenes de la Contaduría, la Tesorería o el Tribunal de Cuenta no eximen de la revisión de las acciones de los administradores por parte de la Justicia. “La Contaduría no tiene como meta encontrar fraude”, puntualizó.

Respecto de los dictámenes del Tribunal de Cuentas como “cosa juzgada” –un control de gastos, sin observaciones, ya no se puede revisar- dijo que hay jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la democracia que tiene opinión contraria.

Los antedecente
s judiciales que consideran “cosa juzgada” los dictámenes del Tribunal de Cuentas corresponden a la época de la dictadura, recordó Cánepa. “Pero en democracia, el tribunal empezó a decir otra cosa”, apuntó.

Negó que haya “persecución” sobre Urribarri, recordó que por la causa han pasado cuatro fiscales y que se han desarrollado audiencias en las que los defensores han podido hacer sus planteos. “No se lo persigue con arbitrariedad. Se trabaja con hechos y los hechos se investigan”, razonó Cánepa.

Todos los defensores hicieron reserva de acudir, en caso de obtener aquí fallos adversos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Qué investigan
El planteo de este lunes sucedió luego de que el jueves 1° de febrero, los fiscales Alejandro Cánepa y Patricia Yedro pidieran la elevación a juicio de la causa en la que se investiga a la administración Urribarri por la supuesta contratación amañada de publicidad con empresas ligadas a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, en la que también está directamente comprometido el exministro de Cultura y Comunicación y actual diputado provincial justicialista Pedro Ángel Báez.

El pedido de los fiscales incluyó otros dos elementos relevantes: la petición de desafuero para los diputados Urribarri y Báez ; y un adelanto de la solicitud de la pena que harán durante el debate en juicio, 8 años de prisión, de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y también para el cuñado Aguilera.

Más todavía: la Justicia resolvió, como medida preventiva, embargar a Urribarri en $26 millones.

Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015 por un monto total de $24.204.918,69 a lo largo del gobierno de Urribarri y su ministro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, según se desprende de la información oficial que distribuyó el Poder Judicial. Para los fiscales, esas firmas que se adjudican al cuñado Aguilera, Tep SRL y Next SRL, “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.

El dictamen fiscal sostiene que “otras empresas vinculadas comercialmente a las referidas (Tep SRL y Next SRL), como J. M. Bustamante Publicidad y Montañana Publicidad, fueron beneficiadas con idénticos contratos y pautas publicitarias, las que -a su vez- redundaban en beneficio de las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaba en sus manos”. Cánepa y Yedro dan por probado en la investigación penal preparatoria “con la pericia realizada por el cuerpo de peritos calígrafos del STJ, que existe un gran número de campañas publicitarias fictas, pues los trabajos contratados por el Estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento”.

El recurso de los defensores de Urribarri y Baéz que se debatió en audiencia pública este lunes será resuelto, en audiencia, este martes, a las 13, por parte del juez Ruhl.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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