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En una resolución firmada este miércoles, el Superior Tribunal de Justicia, con otra integración y en una decisión unánime, hizo lugar a una medida cautelar y dispuso "la prohibición de innovar" así como "la suspensión en el ámbito del Senado provincial y del Poder Ejecutivo, hasta la existencia de sentencia definitiva firme en los autos principales, del procedimiento de tendiente a la eventual designación de los fiscales auxiliares" tramitado bajo 15 expedientes, y "ordenando al titular del Poder Ejecutivo Provincial abstenerse de producir los nombramientos respectivos".

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La decisión se da en el marco de la demanda de inconstitucionalidad que impugnó 15 pliegos para cubrir cargos de Fiscales Auxiliares en diferentes jurisdicciones de la provincia, a la par de un incidente que pidió no innovar sobre el tema y solicitó una manda de prohibición para que el Senado se abstenga de dar tratamiento a las propuestas de designación hasta que se defina la cuestión de fondo.

Esto último es a lo que se hizo lugar este miércoles. La demanda tiene como actora a la letrada federaense Delfina Valeria Geist, y al abogado constitucionalista y ex convencional constituyente Juan Carlos Arralde como patrocinante apoderado.

La resolución lleva las firmas de Miguel Ángel Giorgio, Andrés Marfil, María Valentina Gabriela Ramírez Amable, Virgilio Alejandro Galanti, Santiago Alberto Morande, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Lujan Matorras, Guillermo Fernando Bonabotta, Hugo Daniel Perotti. La integración se resolvió tras la excusación de varios integrantes del alto cuerpo.

Inconstitucional, ¿por qué?

El planteo de inconstitucionalidad y la medida cautelar habían sido presentados el pasado 13 de noviembre. Ataca el artículo 50 de la Ley 10.407 reglamentaria del Ministerio Público que autoriza al Procurador General de Entre Ríos, Jorge Amílcar García, a realizar concursos internos y cerrados entre funcionarios judiciales que se hallaban actuando en el Ministerio Público Fiscal sin estabilidad o que habían optado por esos cargos provisorios al desaparecer los organismos donde prestaban servicios que tenían antes de la reforma del Código Procesal Penal (Ley 9754), sin que tales propuestas sean sometidas a los concursos que debe realizar en todos los casos el Consejo de la Magistratura.

La ley tachada de inconstitucionalidad por la demanda judicial exceptúa del previo paso por el Consejo de la Magistratura a quienes eran secretarios titulares de organismos desaparecidos por la entrada en vigencia del nuevo sistema procesal penal, lo que violenta con claridad la Constitución Provincial, según se señaló a este medio.

"El precedente que puede crear esta situación es de una gravedad institucional pocas veces vista porque se pretende que una ley del Ministerio Público que es de jerarquía inferior se imponga nada menos que a las disposiciones de la Constitución de Entre Ríos, que es la norma primaria y fundante de todo el ordenamiento jurídico provincial", se explayó en ese momento el abogado Juan Carlos Arralde, que es quien diseñó la arquitectura legal de la presentación judicial de la doctora Delfina Valeria Geist, abogada interesada en concursar para idénticos cargos de Fiscales Auxiliares.

"Ilegitimidad de origen"

"La gravedad institucional no sólo se revela por la pretensión de eludir groseramente el único procedimiento válido para ser propuesto en un cargo judicial inferior como lo es el concurso público ante el Consejo de la Magistratura, sino que los cargos en discusión son de Fiscales Auxiliares, es decir, funcionarios que tienen el monopolio de las investigaciones penales y el ejercicio de la acción penal pública", calificó además.

Y añadía que, "de avanzarse con estos procedimientos y nombramientos irregulares, la ilegitimidad de origen de estos fiscales teñiría y viciaría cualquier procedimiento penal que quieran encarar porque cualquier abogado defensor impugnaría su competencia y la validez de sus pesquisas, resoluciones o decisiones".

"En el fondo, lo que la demanda judicial viene a poner sobre el tapete es el dudoso manejo que ha realizado el Procurador General de Entre Ríos (doctor Jorge Amílcar García) en el nombramiento de fiscales y funcionarios desde la puesta en vigencia del nuevo sistema procesal penal (Ley 9754) que se implementó de una manera progresiva en cada departamento de la provincia y cuya estabilidad pretende efectivizarse ahora de un modo que aparece reñido con elementales normas de procedimiento establecidas en la Constitución Provincial desde su reforma en el año 2008", se informó en un comunicado.

"Lo lamentable de esta grave irregularidad es que existe entre los 15 letrados propuestos gente muy idónea y preparada para la función que termina resultando salpicada por una desprolijidad muy elemental y grosera cometida por la autoridad proponente, que debiera velar por la legalidad y el interés público en lugar de violentarlos", culminó el letrado especialista en temas constitucionales y administrativos.
Fuente: Análisis Digital.

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