La resolución judicial fue adoptada en el marco del receso extraordinario por razones sanitarias.
Tal medida contempla “la renovación automática de todas las disposiciones dictadas en los Procesos de Violencia Familiar (Ley Nº 9198) y de Género (Ley Nº 26.485) en trámite, por el plazo de 60 días, a partir de la fecha”.
En Paraná, el Juzgado de Familia Nº 1 en turno, dictó la resolución este jueves a la mañana.