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Una mujer que vive en Nogoyá se presentó en la Policía y denunció que, tras haber extraviado un teléfono celular (que no recuperó), se encontró que un video grabado en el dispositivo había sido subido a una red social y estaba siendo compartido por personas que no conocía. El video es de un alto contenido sexual.
La denuncia
MSL, tal las iniciales de la mujer, de 39 años, ama de casa, se presentó en la Jefatura de Policía de Nogoyá, y efectuó la siguiente denuncia:

“Me hago presente ante esta dependencia policial a los fines de denunciar que siendo aproximadamente tres meses extravié mi celular siendo el mismo un Samsung modelo que creo J2 de color blanco (…). Pero en ese momento no realicé la denuncia, porque no sabía si se me había caído o si me lo habían sacado de la Sala de Juegos. Pero el problema se inició cuando el día viernes pasado (17 de mayo, NdelR) una amiga, que no quiere que la mencione, me informa que en un grupo de WhatsApp el cual se llama ´Quemados Nogoyá´, una persona habría subido un video hot el cual yo había realizado y que se encontraba únicamente en mi celular, desconociendo quién es esta persona. Por eso realizo la presente para que se investigue ese grupo y se deje de difundir ese video, que en este momento me tocó a mí pero le puede pasar a cualquiera“.

La Policía caratuló el tema como “Hurto y Difamación de video”, y ya está en manos de la Fiscalía de Nogoyá.
¿Pornovenganza: de qué se trata?
El caso tipifica en lo que el Código Penal denomina como pornoveganza, aunque la denominación no encaje acertadamente en la situación vivida por la mujer nogoyaense.

La viralización de videos íntimos con contenido sexual apareció primero en la tapa de los diarios por casos de integrantes de la farándula local. Los más recordados son los casos de Silvina Luna, Florencia Peña y María Fernanda “Chachi” Telesco.

El robo o extravío de un celular, el paso de una tablet por el técnico para una reparación o sencillamente una forma de venganza producto de rupturas amorosas derivan en la viralización por redes sociales de fotos que jamás debieron salir de la esfera íntima de sus protagonistas. Cuando aquellos casos se hicieron público, una década atrás, no configuraban delitos, pero ahora, tras la reforma del Código Penal, sí, y se trata de un delito que tiene nombre: pornovenganza.

La tipificación de la pornovenganza como un nuevo delito informático se incorporó en la reforma del Código Penal, y se refiere a la difusión sin consentimiento de imágenes o grabaciones de audio de naturaleza sexual producidas en la intimidad.

La pena contemplada se agrava si la persona fue pareja de la víctima, si la víctima es menor de edad o si el delito se comete con fines de lucro.

La pornovenganza configurada dentro de los delitos informáticos, establece una pena de prisión de 6 meses a 2 años o una multa económica, en tanto que los agravantes previstos pueden llevar la pena de prisión de 1 a 3 años.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humano de la Nación tiene un programa que se llama Con Vos en la Web, que recomienda los siguientes pasos a seguir:
- Buscar asesoramiento legal.
- Guardar todas las pruebas que tenga: chats, correos electrónicos, capturas de pantalla y cualquier tipo de contenido que aporte información a los peritos informáticos. Se puede hacer la denuncia en la fiscalía que corresponde según el domicilio de la víctima. Muchas veces, los casos de pornovenganza pueden terminar en sextorsión.
- Pedir que bajen el video o fotos de cada uno de los sitios donde se publicó. El artículo 16 de la ley 25.326 de Protección de Datos Personales establece que deben darlo de baja dentro de los 5 días hábiles a partir de tu denuncia. Se debe tener en cuenta que una vez que se viralizan imágenes en internet, aunque los sitios den de baja las publicaciones ofensivas, es imposible borrarlas de toda la red. Por eso, cuando una persona toma imágenes en la intimidad siempre debe tener el consentimiento de su pareja.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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