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Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas queremos manifestar a la opinión pública que los matriculados de nuestro Consejo se encuentran, también, profundamente afectados por la falta de normativa relacionada con la reglamentación que los distintos Organismos deben realizar en cuanto a la puesta en práctica de los beneficios dispuestos por el Decreto 438/2023.
Lo que dice el Decreto
Eso dice el primer párrafo del comunicado que, este jueves por la mañana, remitieron a El Entre Ríos. La referencia es para el Decreto de Necesidad y Urgencia que el 31 de agosto se publicó en el Boletín Oficial y que, un día antes, había firmado el presidente Alberto Fernández. Dicho D.N.U. estableció beneficios tales como:
- Diferimiento de pago de componente Impositivo de Monotributo
- Otorgamiento de Suma Fija para Trabajadores de sector público, privado y Personal de Casas Particulares y su compensación parcial con Contribuciones de Seguridad Social.
- Créditos con tasa bonificada para pequeños contribuyentes de hasta $ 4.000.000 sólo por nombrar algunos.

“Ante ello y dado la necesidad de asesoramiento requerida por empresarios, comerciantes y la población en general, los matriculados previamente deben conocer la reglamentación relativa a cada beneficio, emanada del organismo interviniente, a fin de brindar información correcta que permita la adecuada implementación y toma de decisiones”, marcaron al respecto desde la Delegación Concordia.
El perjuicio que provoca
Hasta el momento, las normativas que reglamentan las disposiciones del Decreto “son escasas, parciales (muchas de ellas siendo contradichas por comunicaciones de sindicatos relativas a la compensación o absorción de la Suma Fija otorgada con las actualizaciones ya dispuestas por las paritarias) y se van emitiendo progresivamente con el transcurso de los días, así como la difusión de los mecanismos para implementar los beneficios”.

“Es así, que esta situación provoca una consecuencia inmediata en perjuicio de los empleadores dado que, hasta el momento, AFIP no ha adecuado los sistemas para presentar en termino el Libro de Sueldos Digital y el Formulario 931, y por consiguiente se perderá el beneficio del cómputo del importe del Bono a cuenta de las Contribuciones Patronales ante el inminente vencimiento de la presentación y pago del F. 931 (DD.JJ Cargas Sociales)”, precisaron.

Indicaron que, a través de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, se ha acompañado el pedido de todos los Consejos del país solicitando las extensiones de plazo a la AFIP para el cumplimiento de Presentaciones de Declaraciones Juradas y vencimientos. “En atención a que es muy dificultoso trabajar sin contar con Servicios y Aplicativos actualizados debidamente por AFIP, lo cual suma mayor incertidumbre a la tareas”, precisaron.

“Respaldamos el compromiso y ardua dedicación de nuestros matriculados en la labor diaria, actualización continua y condiciones de trabajo bajo presión, a fin de dar cumplimiento a las necesidades de sus clientes en tiempo y forma, con una alta calidad de servicio y, solicitamos a la opinión pública tome debido conocimiento de las circunstancias especiales en las que los matriculados deben llevar a cabo su labor profesional”, cerraron.
Fuente: El Entre Ríos.

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