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El bloque de concejales de Cambiemos presentó un proyecto de Ordenanza que propone la adhesión del municipio de Colón al Decreto Nº 93/2018 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante la cual se limita la posibilidad de nombramientos de familiares dentro del Estado.

“Dentro del ámbito de nuestro Municipio de Colon, entre Ríos, existe una importante cantidad de personas que resultan ser funcionarios y tiene las limitaciones de parentesco que invalida la norma nacional”, enuncia el proyecto, agregando que “dicha norma viene a poner un límite razonable y Republicano en el manejo de las designaciones del estado”.

“El nepotismo es una desviación antigua y bastante generalizada entre nuestra dirigencia política. La familiarización de nuestro municipio, no solo es una cuestión abstracta o ética, sino que tiene una proyección negativa en la gestión del Estado local”. “El nepotismo es una de las causas del fracaso del estado en su gestión, por cuanto relega la capacidad de los funcionarios y la sustituye por el parentesco. Hoy el Estado Municipal de Colon está ausente y es impotente para dar solución a los principales problemas de la ciudad, la imposibilidad de dar solución a la problemática del agua, cloacas, residuos, sus calles y demás calamidades que debemos padecer los ciudadanos, tiene origen la en desvirtuarían de una gestión municipal como la señalada”, argumentan entre los considerandos.

“Por lo tanto entendemos que esta es una oportunidad de restablecer dentro del funcionariado criterios de eficiencia y transparencia, de modo de dotar a la actual gestión de una capacidad de respuesta a los problemas que la ciudad que cada día se hace más imperante”, finalizan los autores del proyecto.
El alcance del decreto
Decreto Nº 93/2018 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, expresa en su Art. 1 que “no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro. Quedan incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial”, eximiendo en el Art. 3 a “las personas designadas mediante procesos de selección por Concurso Público de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo”.

En tanto, quienes sean alcanzados por la presente disposición, “deberán desvincularse antes del 28 de febrero de 2018”.
Fuente: El Entre Ríos (Edición Impresa)

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