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Un proyecto de ordenanza ingresado en el HCD durante la sesión de este miércoles, propone que el municipio de Colón adhiera a la Ley Provincial 9.424, impidiendo que quienes arrastran deudas alimentarias se vean impedidos –por ejemplo- de concesionar espacios públicos; también de sacar o renovar su licencia para conducir vehículos.

De esta forma, las oficinas públicas o dependencias municipales no darán curso a solicitudes sin corroborar previamente por sus sistemas informáticos, que el requirente posee libre deuda alimentario.

La iniciativa será analizada por la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos.
Impedimentos para quienes figuren en el registro
El proyecto –elaborado por el Bloque Todos por Colón- especifica que la oficina de recaudaciones no podrá otorgar beneficios respecto de las tasas municipales (quitas por buen cumplidor, moratorias, planes de pago.

En tanto, los aspirantes a proveedores no podrán serlo si se encuentran inscriptos en el registro. Lo mismo ocurrirá respecto de quienes ya lo son, no pudiendo renovar su calidad de tales.

Quienes formen parte del registro de morosos de cuotas alimentarias tampoco tendrán permitido concesionar espacios públicos o bienes que el Estado Municipal licite.

En cuanto a la licencia de conducir, sea tramitada por primera vez o renovada, no sería otorgada a quienes revisten calidad de deudores alimentarios morosos. En caso que la misma se necesite por razones laborales, será otorgada de manera provisoria por 90 (noventa) días, plazo en el cual el moroso alimentario deberá regularizar su situación y acreditarlo ante el Registro.
Fuente: El Entre Ríos - HCD Colón

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