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El Gobierno nacional anunció este sábado la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 10 de mayo. Informaron que los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento, pero deberán cumplir varias condiciones para que sean aprobadas.

Debido a que los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus, todas las ciudades de más de quinientos mil habitantes seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
Salidas de esparcimiento
Una de las novedades para esta nueva etapa del aislamiento consiste en que todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

Al respecto, precisaron que el permiso de salida rige en todo al país, inclusive para los grupos de riesgo. Y explicaron que no es necesario tramitar un permiso (responsabilidad social) y recalcaron que los desplazamientos no pueden exceder los 500 metros del lugar de residencia.

Por otro lado, confirmaron que la Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
Actividades que continúan suspendidas
En todo el país, sigue suspendido:

- El dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.

- Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros

- Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado

- Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares

- Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.

- El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.

Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
Excepciones para las provincias
Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:
1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,
2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,
3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,
4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,
5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones.

El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos/sanitarios.
Fuente: Prensa Gobierno Nacional

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