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Según un comunicado emitido por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), hay ciudades del país donde cobran más de 10 impuestos y cargos. Esos montos pueden llegar a explicar hasta el 50% del valor de la factura. Es por eso que desde CAME mostraron su preocupación de que la politización del tema tarifas paralice el tratamiento en el Congreso de la Ley de Financiamiento Productivo, fundamental para las Pymes.

Mientras las tarifas energéticas siguen subiendo, los pequeños y medianos empresarios de todo el país comenzaron a presionar a los gobernadores provinciales para que se revean los insólitos cargos recaudatorios que se aplican en las facturas.

Si se toman las boletas de luz y gas de todo el país, en la mayoría la carga tributaria promedia el 30%, pero alcanzando máximos de hasta 50%. Algunos son impuestos visibles y conocidos, como IVA o Ingresos Brutos, pero otros son cargos múltiples que no se sabe a ciencia cierta a qué se destinan, y engrosan el valor de la factura.

Según un análisis realizado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) sobre más de 100 boletas de luz de diferentes regiones del país, hay ciudades como Concordia, en Entre Ríos, donde el 50% del valor de la boleta de luz son impuestos.

En San Juan se cobran 8 impuestos en la factura de luz que representan el 39,02% del valor de la misma. A esto hay que sumarle el Valor Agregado de Distribución (VAD).

Entre los 8 impuestos figuran: Contribución municipal, IVA (del 27%), Ingresos Brutos, Lote Hogar (no está vigente), Tasa Alumbrado Público (que curiosamente también se cobra en el impuesto inmobiliario), Fondo Plan de Infraestructura PIEDE y 2 fondos solidarios especiales:

1. “Fondo para la línea de interconexión de 500 kV” (Ley N° 7.480, San Juan, 29 de abril de 2004). La ley no está vigente, pero se sigue cobrando.

El artículo 2 determina que la interconexión en 500 kV entre Mendoza y San Juan debía ejecutarse y pagarse en dos años a partir de su iniciación (abril de 2004), es decir que debería haber caducado en 2006.

2. “Fondo solidario hospitalario” creado por la Ley N° 6.270, del 1 de octubre de 1992, debido a una crisis en el sistema de salud pública en una época de dificultades financieras, pero aún se sigue cobrando.

Una situación similar ocurre en las ciudades de Santa Fe y El Bolsón, donde entre el 32% y 33% del valor de las facturas son cargos diversos: 9 en Santa Fe y 10 en El Bolsón.

En Santa Rosa, La Pampa, el 40,7% del valor de la factura de luz son impuestos. En la ciudad de San Salvador, Entre Ríos, dependiendo el usuario, puede llegar hasta el 36% de la factura entre IVA y ordenanzas municipales varias.

Otras ciudades con altas cargas son:

Mendoza capital: 36,3% del valor de la boleta son impuestos registrándose cargos como una Ley 6.497, además de IVA, tasa de fiscalización y control y alumbrado público.

Villa María y San Francisco en Córdoba: el 40% de lo facturado responde a cargos varios, compuestos por IVA, impuestos municipales, ERSEP (Ley 10.281), Fondo Ley 9.819 y decreto 2.298.

En la ciudad de Cutral Có, Neuquén, el 34,8% son impuestos, con ítems como aporte de capitalización, además de alumbrado público, un canon municipal, Ingresos Brutos e IVA.

Ciudad de Buenos Aires: 30,3% de la factura de luz son impuestos y cargos diversos.

En misioneras como Leandro N. Alem, Posadas e Iguazú la carga tributaria de las facturas es de 24,2% con numerosos ítems como cuota bombero voluntario, cuota hospital, Ley 25.957, Resol. SE 1866/05, D.G.R 03/93, Fondo prov. Des. Eléctrico, entre otros.

Otras ciudades como Chaco, tienen un peso impositivo mucho menor. Sólo se cobra IVA y la incidencia tributaria es del 20,7%. En ciudad de Formosa la carga impositiva es de 24,2%, con contribuciones municipales varias e ingresos brutos provinciales, además de IVA.

Así como el Gobierno Nacional busca sincerar el valor de las tarifas quitando subsidios y actualizando los valores, es momento que las provincias y municipios hagan lo mismo y reduzcan y ordenen los cargos que se cobran. Las boletas de luz, gas y agua deben ser liberadas de los costos que no se vinculan específicamente al servicio.
Fuente: CAME

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