Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Salduna, con un papel clave
Salduna, con un papel clave
Salduna, con un papel clave
El Superior Tribunal de Justicia determinó la integración del nuevo jurado para resolver la acción de amparo que presentó la procuradora Adjunta y fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche, contra la integración de la parte acusadora en el jurado de enjuiciamiento que se sigue en su contra. Ese nuevo jurado debe decidir, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia, si confirma o no la sentencia de la jueza de Feria, Elena Albornoz, que planteó la ilegitimidad del fiscal ad hoc.

Este sábado se reunieron los vocales del Superior Tribunal de Justicia: Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango y Pablo Andrés Vírgala a fin de abordar las excusaciones planteadas por los vocales German Reynaldo Carlomagno y Fabiola María Livia Bogado Ibarra, y la recusación interpuesta por Fiscalía de Estado contra Bernardo Ignacio Salduna, en el marco de la acción de amparo que presentó Goyeneche.

En dicho amparo Goyeneche planteó la ilegitimidad de la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de integrar la acusación con un fiscal ad hoc, quitándole dichas funciones al órgano previsto por la ley: el Ministerio Público Fiscal.

En una primera instancia, la jueza de Feria, Elena Albornoz, admitió parcialmente el amparo de Goyeneche y dispuso que el órgano acusador debía ser justamente el Ministerio Público Fiscal representado por el procurador General.

Tras la apelación de Fiscalía de Estado a ese fallo y la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revalidó la sentencia de primera instancia, ahora el STJ conformó un nuevo tribunal para resolver si revocan o acatan el fallo de Albornoz.

Por mayoría, acordaron la resolución, que dispone:

1º) aceptar la excusación invocada por el señor vocal Dr. Germán R.F. Carlomagno.

2º) rechazar la excusación invocada por la señora vocal Dra. Fabiola María Livia Bogado Ibarra.

3º) rechazar la recusación interpuesta por la demandada contra el señor vocal Dr. Bernardo I.R. Salduna.

4°) dejar integrado el Tribunal para resolver la acción de amparo con el señor vocal Dr. Bernardo I.R. Salduna; la señora vocal Dra. Fabiola María Livia Bogado Ibarra, el señor vocal Dr. Guillermo Leopoldo Federik, el señor vocal Dr. Emilio Luján Matorras, la señora vocal Dra. María Gabriela López Arango, el señor vocal Dr. Pablo Andrés Vírgala, el señor vocal Dr. Gervasio Pablo Labriola, el señor Vocal Alejandro Diego Grippo, y la señora presidenta de este Superior Tribunal de Justicia, Dra. Susana Medina, en ese orden de votación.
Pasando en limpio, ¿qué es lo que deberá resolver este nuevo tribunal, así conformado?
“Lo que deben decidir estos jueces es si es legal o no haber apartado al Ministerio Público del rol de acusador ante el jury”, simplificó un funcionario judicial consultado por El Entre Ríos.

Queda claro entonces que si este nuevo tribunal concluyera -en sintonía con aquella sentencia inicial de la doctora Albornoz- que fue un acto de ilegalidad haber quitado del rol acusador al Ministerio Público Fiscal, todo lo actuado hasta ahora por el Jury caerá inmediatamente.

Por ende, estos jueces tienen en sus manos resolver cómo termina la controvertida historia del Jury, tal como hasta ahora fue sustanciado. Si los magistrados convalidan el apartamiento del Ministerio Público Fiscal, el Jury quedará firme. Si deciden lo contrario, perderá legitimidad todo lo actuado desde que se inició el Jury a la suspendida Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche.

Rebobinando todo lo sucedido hasta ahora, el mismo funcionario judicial consultado lo resumió así: “La jueza Albornoz resolvió en su momento que no era legal apartar al Ministerio Público en el jury. El Superior Tribunal revocó ese fallo de Albornoz por cuestiones formales, considerando que había un trámite paralelo iniciado por el Procurador García. La doctora Goyeneche cuestionó esa decisión del STJ ante la Corte Suprema. La Corte consideró que se trata de un tema de gravedad institucional y que por lo tanto correspondía que el Superior Tribunal resuelva el fondo del asunto; es decir, si es legal o no apartar al Ministerio Público del rol de acusador ante el Jury”.
El papel clave de Salduna
No pasa desapercibido el fallido intento del gobierno de Entre Ríos por impedir que el Doctor Bernardo Salduna integre este nuevo tribunal. La recusación no prosperó. Y, como si esto fuera poco, en el sorteo del orden de votación Salduna quedó primero.

En la presentación formulada para rechazar la recusación en su contra, Salduna no se limitó a explicar que en las instancias en que intervino anteriormente nunca explicitó opinión sobre lo que ahora debe resolverse.

También dio a entender que, con el intento de sacarlo a él del medio, se veía afectado el principio del juez natural. En el último párrafo, Salduna sostiene: Por todo lo expuesto, ante la interpretación restrictiva de la recusación y la eventual afectación del principio del juez natural, como garantía constitucional (art. 18 CN); y, en el entendimiento que la integridad de mi espíritu, la elevada conciencia de mi misión y el sentido de la responsabilidad que me es dable exigir, puede colocarme por encima de cualquier sospecha de parcialidad y, en la defensa de mi propio decoro y estimación, frente al indeclinable deber de cumplir con la función que la Constitución Nacional y las leyes me han encomendado (ver CSJN, Fallos: 319:758), solicito que se desestime la petición de la demandada del 12/05/2022.

Finalmente, el tribunal terminó dándole la razón a Salduna, sobre quien ahora pesa la responsabilidad de emitir el primer voto.
Fuente: El Entre Ríos

Enviá tu comentario