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El 9 de mayo, la Corte declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por los demandantes en el marco de la causa: "Escalada, Felix Germán y otros/ usucapión", contra la sentencia del STJ que confirmó el rechazo de una demanda de usucapión por la cual se pretendía adquirir el dominio de una fracción de isla ubicada en el delta entrerriano basada en la posesión por más de veinte años.

Lo que dijo la Corte Suprema


Con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti; Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte rechazó el recurso extraordinario después de transitar un largo trámite judicial donde el caso fue analizado en profundidad, ya que fue requerida la remisión del expediente a los estrados de la Corte, lo que no es frecuente en el trámite de las quejas por recurso extraordinario denegado, como se trataba en este caso, salvo que el Tribunal considere que existe mérito suficiente para estudiar la causa completa.

La discusión en torno a la propiedad de las extensísimas islas del Delta entrerriano no se agota. El último pleito surgió en el sur de Entre Ríos: el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, presentó una denuncia penal contra una inmobiliaria de Buenos Aires que ofertaba a 350.000 dólares la isla La Paloma, tierra de dominio público de la provincia.

La firma Serrano Propiedades pretendía venderla como isla del Tigre. Se trata de un espacio clave. La isla constituye una zona estratégica por su ubicación, ya que está situada cerca del puerto Nueva Palmira, en Uruguay; puerto de Iguazú, en Entre Ríos; puerto del Ibicuy; Isla Martín García y de la República Oriental del Uruguay. Por sus características morfológicas es una zona muy sensible, donde hay una intensa circulación fluvial y trasbordo comercial y amarraderos de barcaza para la extracción de arena y minerales. Actualmente posee construcciones hechas, sin ningún habitante.

Aunque en el Delta la pelea por la posesión es mayor. En 2009, cuando se tomó conciencia de la situación en ese territorio insular, se estableció que sobre una superficie total de 190 mil hectáreas de dominio público, 100 mil habían sido apropiadas por particulares. Y si bien la Provincia ha conseguido hacer valer un dictamen de 2009 de la Fiscalía de Estado, que declaró que las islas son de dominio público, hay una demanda por la posesión de una superficie mínima, 785 hectáreas, que llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Una vez resuelto, será el primer dictamen de la Corte que pondrá blanco sobre negro en la disputa legal por la posesión de las tierras fiscales del Delta.

El pleito

En agosto de 2010, el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes firmó un dictamen en el que estableció que las islas del Delta son "bienes públicos", y no "tierras fiscales", como usualmente se las identifica, es decir "bienes de dominio público", y que "los bienes del dominio público no integran el patrimonio de los respectivos Estados, en el sentido de hacienda estatal o fisco, el cual sólo está compuesto de los bienes privados del Estado".

Y por eso mismo están "fuera del comercio", con dos características esenciales: "inalienabilidad" e "imprescriptibilidad", es decir que no se pueden vender ni enajenar, y menos aún a manos de un privado.

El dictamen de la Fiscalía sostiene que "todas las islas" que "no pertenecieran de un modo irrevocable a la propiedad privada de los particulares" son "del dominio público perteneciente al pueblo de la Provincia de Entre Ríos, y que las tierras que han sido arrendadas están bajo la figura de "concesión de uso" por un plazo determinado. Por eso, instruyó a Catastro a "dejar sin efecto" el procedimiento de registración y visado de la documentación presentada para el parcelamiento de tierras fiscales.

Durante la última dictadura, se emitieron una serie de decretos leyes que pusieron a la venta tierras fiscales, la mayoría en las Islas Lechiguanas.

La superficie total de las islas Lechiguanas es de 250 mil hectáreas. Están ubicadas en la zona del Delta del departamento Gualeguay, frente a la ciudad bonaerense de San Nicolás de los Arroyos, delimitadas por el río Paraná al sur y por uno de sus brazos al noroeste, el río Paraná Pavón, el cual luego de recibir las aguas del río Gualeguay toma el nombre de río Paraná Ibicuy, que constituye el límite noreste, convergiendo luego con el cauce principal del Paraná.

En la década de 1970, el gobernador de facto Ricardo Fabre impulsó un gigantesco proyecto tendiente a conseguir el endicamiento de unas 80 mil hectáreas de modo de ponerlas a salvo de eventuales inundaciones y destinarlas a actividades agrícolas. El proyecto, después, fracasó.

Otro gobernador de la dictadura, Rubén Daniel Di Bello también puso a la venta de modo irregular tierras de dominio público. El 3 de noviembre de 1977, Di Bello (que encabezó el Poder Ejecutivo entre 1976 y 1978) dictó una serie de normas mediante las cuales puso a la venta extensas fracciones de tierra en las Islas Lechiguanas. Fue a través del decreto–ley Nº 6.047. Pero la Fiscalía de Estado entabló una demanda y consiguió que la Justicia declarara lesivas esas ventas.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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