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A mediados de diciembre del año pasado, la Procuradora Adjunta y fiscal Anticorrupción -actualmente, suspendida en sus funciones- Cecilia Goyeneche recusó a 5 de los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento que abrió el proceso investigativo en su contra. El viernes pasado, en tanto, el organismo resolvió por mayoría el rechazo a ese pedido.

En rigor, declaró abstractos las recusaciones contra el entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Martín Carbonell, y de la representante por el Colegio de la Abogacía, Sonia Rondoni, por no integrar ya el organismo (la integración se renovó para el bienio 2022-2023), y rechazó las recusaciones contra los vocales del STJ Claudia Mizawak y Daniel Carubia, y el senador provincial Armando Gay (Frente Creer-Concordia).

De esta forma, el Jurado de Enjuiciamiento queda integrado por los vocales Juan Smaldone, Daniel Carubia y Gisela Schumacher; los representantes del CAER, Verónica Mulone y Luis Leissa; y el senador Armando Gay (Frente Creer-Concordia) y el diputado Gustavo Zavallo (Frente Creer).

Cabe mencionar que Goyeneche había fundado sus argumentos para que se aparten de la investigación a través de un escrito de 40 páginas, cuyos planteos retomaron los integrantes del Tribunal para rechazar la solicitud.

Como primer voto, Smaldone realizó un extenso análisis de los argumentos recusatorios para rechazarlos en relación a Carubia, Mizawak y Gay, concluyendo: “La recusante no demuestra en su escrito la configuración de las causales de recusación que invoca y los hechos que relata y la prueba en la que los sustenta, tampoco evidencian, de un modo claro y concreto, la existencia de motivos serios para concluir que la imparcialidad de los Sres. Jurados recusados se haya visto en algún momento comprometida”. Por lo cual entendió que “corresponde rechazar el planteo recusatorio de Goyeneche”, al tiempo que “corresponde declarar abstracto” el planteo respecto a Rondoni y Carbonell.

Mulone, en tanto, previo a votar señaló que “la trascendencia institucional de este proceso obliga a evitar toda duda de parcialidad por parte de quienes juzgarán la responsabilidad política de la denunciada. Ello hace al cumplimiento fiel de las garantías constitucionales y convencionales del debido proceso, defensa en juicio y principio de tutela judicial efectiva”. Así, se pronunció a favor de aceptar la mayoría de los planteos respecto a Carubia y Mizawak, mientras que rechazó en ambos casos el referido a “la difusión periodística de los votos previamente al dictado de la sentencia, violación a los deberes de secreto”, dado que, entendió, “no es imputable” a los vocales.

“Las causales de recusación invocadas por la recusante, se interpretan a las luz de dichos criterios”, agregó, y marcó: “Se tiene en cuenta, además, la irrecurribilidad del resolutorio que rechazaría la recusación conforme establece la ley, y que obliga a ser extremadamente cuidadoso en la decisión”.

Por caso, respecto de las causales invocadas por Goyeneche contra Carubia, Mulone cita expresiones del vocal en el voto de apertura de causa, y subraya al respecto: “El vocal da por cierto un hecho negado por Goyeneche y que será objeto del debate para el caso de haber acusación. Estas expresiones utilizadas al emitir su voto en la etapa previa a un posible debate, permiten que se interpreten como una opinión anterior al mismo e incluso un prejuzgamiento respecto al hecho referido al apartamiento de Goyeneche que califica de “tardío”. Es muy posible que estos argumentos respondan a un modo erróneo de redacción del voto, pero, lo cierto y concreto es que así ha sido redactado aunque pueda no ser la real voluntad del vocal, cuya idoneidad y experiencia son indiscutibles”.

“Entiendo en consecuencia que el vocal ha incurrido en la causal de prejuzgamiento”, redondeó sobre ese planteo.

También se pronunció por hacer lugar a los planteos recusatorios respecto a “la infundada decisión de suspender cautelarmente como interferencia en la independencia del Ministerio Público Fiscal. Sesgo sexista. Parcialidad manifiesta”, en relación a los motivos de la suspensión, “expresados en el voto de Rondoni y compartidos por los vocales Carubia y Mizawak”.

En cuanto a Mizawak, en el punto en que se alude “respecto al vínculo de la vocal con el Señor Serglo Urribarrl”, Mulone marcó que “en la causa Beckman, el Señor Urribarri hasta la fecha no está imputado. El supuesto interés explícito del mencionado en la causa, no es fundamento para hacer lugar a la recusación. Pero lo cierto es que, si la vocal se ha excusado en las causas en las que el ex gobernador es investigado, la cercanía de dichas causas con la presente hace necesario que se haga lugar a la recusación de la vocal Mizawak para que el juicio no amerite duda alguna sobre su imparcialidad y objetividad y dado que la misma no se ha inhibido”.

No obstante, recalcó: “No cabe duda que si ésta fuera la única causal invocada, se propiciarla el rechazo de la recusación. Pero en la especie, se advierte la concurrencia de una pluralidad de cuestiones que revelan un estado objetivo poco idóneo para servir de marco a una adecuada prestación del servicio de justicia que debe prestar este tribunal y una duda justificada de probable parcialidad en quien fuera la abogada y amiga del ex gobernador, sin que ello signifique demerito de la actividad funcional que desarrolla para ser miembro de este jurado en otras causas”.

En tanto, rechazó la recusación contra Gay, mientras que marcó que el planteo se vuelve abstracto en los casos de Rondoni y de Carbonell.

A su turno, Schumacher señaló que adhería a la posición de Smaldone. La vocal Medina adoptó postura en consonancia con Smaldone, y se explayó al respecto.

Seguidamente, el senador Daniel Olano (integrante suplente del cuerpo, ya que Gay es el titular), también se pronunció por el rechazo de la recusación.

En tanto, el abogado Luis Leissa hizo también un extenso análisis de los planteos de Goyeneche, para concluir pronunciándose porque “se haga lugar a la recusación” de Carubia, Mizawak y Gay; se desestimen las recusaciones de Carbonell y Rondoni por no integrar ya el organismo, y se “rechace el pedido de “inmediato apartamiento” de los integrantes recusados”.

Finalmente, Zavallo entendió que “no hay causal válida” para apartar al senador Gay del Jurado, y no encontró acreditadas causales contra Mizawak. Respecto de Carubia, atendió el planteo de “adelantamiento de opinión y parcialidad” en el voto del vocal, ante lo cual sostuvo el diputado: “Considero a las aseveraciones realizadas por el Dr. Carubia con una importancia suficiente como para generar el temor de parcialidad sostenido por la Dra. Goyeneche”, y “corresponde hacer lugar a la recusación” en ese apartado.
Fuente: Análisis Digital

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