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Juez Moia
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La Justicia rechazó por «inadmisible» un recurso de amparo presentado por el Frente Gremial que conformaron la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet), la Unión Docentes Argentinos (UDA) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra la Caja de Jubilaciones y Pensiones, para que dejase sin efecto la aplicación de la resolución N° 77, fechada el 18 de noviembre, que introdujo sensibles modificaciones en el sistema previsional.

La resolución contra la que accionaron los sindicatos, dictada por el titular de la Caja, Edgardo Scarione, derogó las resoluciones 07 y 08 de 2001, que, según Agmer son «normativas éstas que instituyeron una concesión de derechos a favor de los trabajadores que pretendieran acceder a los beneficios de jubilación ordinaria especial, flexibilizando e incorporando el ´3 x 1´ (compensando 3 años de exceso de servicio por 1 año de edad) a estas jubilaciones especiales, resoluciones que equiparaban y daban trato igualitario a los beneficiarios de jubilaciones ordinarias comunes (expresamente contenidas en el artículo 39 de la Ley 8,732) con las especiales (que acceden a este 3 x 1 por la interpretación ampliatoria instituidas en las resoluciones 007 y 008). De tal manera, dichas normativas derogadas tenían como propósito central reparar una situación de injusticia generada a partir del carácter limitado del Art. 39 de la Ley 8732 que no contenía las jubilaciones ordinarias especiales establecidas, mediante Decreto a partir de 1994″.

Al contestar la demanda del Frente Gremial, que persiguieron la declaración de «inconstitucionalidad» de la resolución de la Caja, los abogados de la Caja, Sergio Colja y Natalia María del Huerto Barsanti, señalaron que el organismo «no ha conculcado derecho a la seguridad social alguno a los representados por los gremios». Y apuntaron: «La declaración de inconstitucionalidad es una de las más delicadas funciones que puede encomendarse a un tribunal de justicia ya que proyecta suma gravedad y es la última ratio a la que solo debe recurrirse cuando una estricta necesidad lo requiera. Por lo tanto, entienden que el ejercicio de tal facultad por parte de la judicatura en una acción de amparo solo puede estar justificado cuando se está en presencia de una conculcación sustancial y manifiesta del derecho constitucional invocado, lo que aquí no se sustancia».

Los abogados de la Caja apuntaron: «No existe afectación concreta, efectiva, actual e irreparable a los derechos de los trabajadores públicos que aportan a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, que permita admitir la presente esta acción de amparo. Incluso más, una sentencia en esta causa no sería más que una declaración sin efecto puntual pues no habiendo caso, no habiendo conflicto que resolver el tribunal solo estaría emitiendo una sentencia, en el mejor de los sentidos una opinión calificada sobre un tema, pero no una sentencia útil para resolver un conflicto o una controversia concreta».

El 30 de noviembre último -tres días después de la presentación de la demanda de inconstitucionalidad- el Poder Ejecutivo dictó el decreto N° 2.089/20 que dejó sin efecto el régimen de 3×1 y ratificó la vigencia de la resolución N° 77 de la Caja.

«La sucesión de normas condicionó el curso del presente proceso. En tanto la sentencia que se dicte debe considerar el estado de situación vigente a ese momento, se requirió la sustanciación de los planteos producidos a fin de considerar el marco regulatorio actualizado», señaló en su fallo el titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9, Ángel Moia, al rechazar el amparo de los gremios.

Pero de acuerdo a lo que señaló a Entre Ríos Ahora el titular de Agmer, Marcelo Pagani, la decisión de los sindicatos es apelar esa resolución del magistrado por lo que ahora el pleito se dirimirá ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Fuente: Entre Ríos Ahora

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