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El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, respondió los cuestionamientos que, días pasados, realizó el presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Castrillón. Aseguró que “frente a cualquier acción de inconstitucionalidad que plantee cualquier ciudadano, el primer deber de la Fiscalía de Estado es contestar la demanda y sostener la constitucionalidad de la norma”, por lo cual se manifestó “absolutamente tranquilo en que la Fiscalía no incurre en ninguna irregularidad ni en ninguna falencia en la defensa”. Agregó que “las diferencias en torno a este tema se deberán definir en los procesos judiciales”. De todos modos, aclaró: “Las cuestiones de tipo personal no las debato públicamente, ni discuto con el presidente del STJ por un respeto institucional a quien representa al máximo tribunal de la provincia, cada uno se hará cargo de lo que dice. No puedo discutir públicamente como abogado de la provincia si estoy de acuerdo o no con alguna cosa ni entrar en cuestiones personales, porque eso no beneficia las relaciones entre los Poderes del Estado. “Yo hablo por mis dictámenes y por mi actuación en los procesos judiciales”, afirmó.

"Lo que debo aclarar es la intervención de la Fiscalía de Estado en las causas que él menciona, que son dos acciones de inconstitucionalidad no contra actos del Poder Judicial sino contra actos del Poder Legislativo ya que se planteó la inconstitucionalidad del artículo 50 de la ley N° 10.407 y de la ley del Ministerio Público Fiscal”, remarcó.

Ante ello, explicó que “frente a cualquier acción de inconstitucionalidad que plantee cualquier ciudadano, el primer deber de la Fiscalía de Estado que tiene la intervención necesaria es contestar la demanda y la contestación tiene que ser sostener la constitucionalidad de la norma; me guste o no me guste la norma y me resulte más o menos aceptable tengo que defender la constitucionalidad, porque en primer lugar no le corresponde a los fiscales de Estado declarar la inconstitucionalidad de las normas sino que eso es función de los jueces. Además es excepcional porque declarar la inconstitucionalidad de una norma jurídica es la última instancia”.

En ese marco, se manifestó “absolutamente tranquilo en que la Fiscalía no incurre en ninguna irregularidad ni en ninguna falencia en la defensa, y luego será el tribunal competente el que declare si es inconstitucional o no” y reveló que “en un caso ya hubo sentencia, con un tribunal que se constituyó con jueces que no son del STJ porque se excusaron de intervenir”.

Aseguró que “las diferencias en torno a este tema se deberán definir en los procesos judiciales” y explicitó que “si un ciudadano plantea una inconstitucionalidad y el fiscal de Estado decide no defenderse o allanarse, el sistema de sanción de las leyes no tendría ningún sentido, sería una forma de defraudar la voluntad legislativa y la potestad de la Legislatura de dictar las normas legales. Esto es básico y hace a la división de poderes”.

“Mi función es defender la constitucionalidad. La misma actitud es la que tomamos al defender cualquier juicio en que la provincia sea parte y excepcionalmente el Poder Ejecutivo podría darnos instrucciones para adoptar una posición distinta, por ejemplo en algún caso donde haya responsabilidad por daños por alguna cuestión del Estado o donde haya méritos para hacer una conciliación o allanarse. Pero lo que me corresponde es asumir la posición que asumimos”, reiteró.

“Si el presidente del STJ no está de acuerdo con esto están las instancias políticas de diálogo con el procurador General, con el gobernador de la provincia, con los legisladores para que modifiquen la norma. Pero mi función está cumplida”, sentenció.

Consultado por los motivos por los que Castrillón apuntó contra su persona, Rodríguez Signes dijo que “daba por superado este tema en cuanto a la actitud que había asumido la Fiscalía, y estos días hemos estado con el Consenso Fiscal 2, el Presupuesto 2019 y las repercusiones que tiene en la provincia y otras situaciones que estamos viviendo y son determinantes para las finanzas públicas, así que no hago ninguna interpretación de lo que dijo el presidente del STJ”.

A esto agregó: “El día que se inauguró el año judicial tuvo palabras muy críticas hacia mi persona por una cuestión del cobro de las tasas judiciales, pero soy respetuoso de la figura del presidente del Superior Tribunal de Justicia. No puedo discutir públicamente como abogado de la provincia si estoy de acuerdo o no con alguna cosa ni entrar en cuestiones personales, porque eso no beneficia las relaciones entre los poderes del Estado y menos a mi función que es defender la posición de la provincia en los juicios”.

“Yo hablo por mis dictámenes y por mi actuación en los procesos judiciales, ya fui legislador y concejal y si tuviera que adoptar posiciones políticas debería dejar mi función de fiscal de Estado y volver a la vida política partidaria y ese no es el rol que estoy cumpliendo hoy”, cerró.
Acción de amparo ambiental por extracción de arena
Al respecto, Rodríguez Signes señaló que “el tema es muy importante porque Vaca Muerta necesita muchos millones de toneladas de arena por año para utilizar en el fracking, que es la ruptura de la roca para obtener gas y petróleo. Entre ríos es la provincia que más arena dispone, que es una arena especial y hay que someterla a determinado procedimiento. Este es un tema nuevo para nosotros y estamos estudiando estas cuestiones en diversos organismos: en la Fiscalía, en el Ministerio de Economía, Secretaría Legal y Técnica, la Direccion de Minería”.

“La información es pública y no tenemos absolutamente nada que esconder, si hay alguna empresa –que las hay porque las he visto en Ibicuy y en Campichuelo (Departamento de Concepción del Uruguay)- ahí las autoridades competentes son la Dirección de Minería que da las habilitaciones y la Secretaría de Ambiente que es autoridad de aplicación de la ley de ambiente y la que debe requerir los estudios de impacto ambiental. Allí está la cuestión más importante de todas: determinar que las extracciones se hagan conforme la ley de Minería y que se paguen los cánones correspondientes y además que se asegure que la extracción y el transporte se realiza de acuerdo a las normas ambientales”, explicó.

Sostuvo asimismo que “hubo un recurso de queja por mora” por la falta de respuestas del amparo ambiental de parte del Instituto Portuario y al Ente Autárquico Puerto Diamante y explicitó que “más allá de si está bien o mal dirigido el planteo, la información hay que brindarla y en este tema es importante”.

En este punto, refirió que “en el índice de desarrollo humano que realiza Naciones Unidas, Entre Ríos estaba ubicada en el 12° lugar de 24 provincias argentinas, ahora incorporaron el factor ambiental para tener en cuenta en los indicadores de desarrollo humano y Entre Ríos paso al séptimo lugar por la actitud ambiental que tiene la provincia, así que hay que defender y atender muy bien ese factor. No hay absolutamente nada que esconder y el Ente que administra el puerto de Diamante tendrá que dar la información si es que la tiene, pero le diría que la información la tiene la Dirección de Minería que es donde la empresa tramitó la habilitación y la Secretaría de Ambiente, que es quien tiene que autorizar o no”.

Consultado por la contradicción que supone levantar la bandera de cuidado del ambiente y al mismo tiempo autorizar la extracción de arena para el fracking, el fiscal de Estado explicó que “no hay en la provincia una restricción en ese aspecto y lo que debemos hacer cumplir es la ley de Minería que establece cánones para quienes extraen arena de bienes del dominio público de la provincia y la ley ambiental, que si lo prohíbe habrá que aplicarla”.

“En este momento no estoy en condiciones de responder si hay alguna restricción de la ley ambiental que prohíba la extracción y el procesamiento de ese tipo de arena para ese fin”, admitió y tampoco pudo confirmar si la empresa está habilitada porque no hemos tenido intervención en los expedientes donde la empresa solicita habilitación”.
Fuente: Radio De La Plaza

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