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Si ya de por sí todo aumento de tarifas desagrada a los usuarios, el efecto se potencia cuando no se aplica la misma "vara" para todos. Y sin que medie, al menos hasta hoy, una explicación razonable.

Tal lo que sucedió con el flamante cuadro tarifario que comenzó a aplicar la concesionaria Caminos del Río Uruguay el pasado 9 de febrero en las estaciones de peaje de las rutas 12 y 14, que conforman lo que se denomina "Corredor 18", apenas tres días antes de que la autovía colapsara por las torrenciales lluvias.

Los flamantes valores fueron establecidos por la Dirección Nacional de Vialidad mediante la Resolución 2500 del 29 de diciembre de 2016.

La norma no sólo fijó las nuevas tarifas en función del "cálculo de la incidencia que las variaciones de precio operadas han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones". También impuso que en todas las cabinas debe estar habilitado el sistema del "telepeaje".

En el artículo 3, el gobierno nacional instruye a la Concesionaria "a habilitar en las Vías de Cobro Manual, adicionalmente, dispositivos de Identificación Automática de Vehículos (lAV). Dichos dispositivos deberán encontrarse operativos en forma previa a la entrada en vigencia del nuevo Cuadro Tarifario y a exclusivo costo de la Concesionaria, y sin que ello implique un costo adicional al valor de la tarifa de peaje al Usuario".

Y efectivamente así fue. En Estación Yeruá, por ejemplo, son visibles los letreros que informan de la existencia del sistema de "telepeaje" y para quienes hayan adherido al sistema no hay recargo alguno en el peaje. Pero lo que no es tan visible es la discriminación que castiga a los usuarios del sistema manual, para quienes el peaje pasó de 20 a 30 pesos, si se toma, a manera de ejemplo, la categoría 1.

Ante la consulta de El Entre Ríos, la empresa se remitió a la normativa de Vialidad Nacional. "Caminos del Río Uruguay se limita a aplicar la Resolución 2500/2016", explicó el responsable de prensa.

Infructuosos fueron los intentos de establecer contacto con el OCCOVI, el órgano responsable del control de las concesiones viales, para conocer las razones del "doble estándar" tarifario. El representante en Concordia dijo no estar autorizado a hablar, mientras que Ángeles Field, del área de comunicación del ente, se excusó con el argumento de que su función se limita a dar respuestas a los usuarios pero no así al periodismo.

Lo que surge de los fríos números


Los cuadros tarifarios de la flamante resolución 2500/16 permiten apreciar una marcada brecha entre lo que pagan los usuarios adheridos al "telepeaje" y el resto de los mortales, con independencia de que las rutas por donde deben transitar sean exactamente las mismas y reciban las mismas prestaciones.

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Por ejemplo, en la categoría 1, el automovilista que pase por la estación de Zárate pagará 45 pesos si lo hace con los billetes en la mano mientras que sólo abonará 35 si adhirió al dispositivo de Identificación Automática de Vehículos (lAV).

En Colonia Elía y Yeruá se replica el fenómeno, aunque en porcentajes la diferenciación es aún mayor. La categoría 1 paga 20 pesos por "telepeaje" y 30 manual, lo que consagra un recargo del 50% para quienes bajen la ventanilla y entreguen el dinero al empleado de la concesionaria.

Tal como puede observarse en los recuadros, el "recurso de afectación de obras" recae casi exclusivamente sobre quienes paguen manualmente.

¿Qué es el "recurso de afectación de obras"?


Fue establecido por Resolución N° 3.200 de fecha 30 de diciembre de 2014 y dice estar "destinado exclusivamente al desarrollo de obras mejorativas en la traza del Corredor Vial N° 18".

La normativa no explicita las razones por las cuales sólo aportan a este fondo los usuarios del pago manual, como si sólo ellos se beneficiaran con las "obras mejorativas".
Fuente: El Entre Ríos

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