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El dictamen, con fecha 7 de septiembre, lleva el Nº 0296/15 y está firmado por el fiscal del Estado Julio Rodríguez Signes.

Se refiere al decreto Nº 1.884/15 que crea una sociedad del Estado para la administración de un hospital construido con fondos del PAMI y en el marco de previos convenios entre dicho organismo y el Gobierno provincial, ratificados por el decreto Nº 286/11.
El dictamen


"Llegada la instancia de su finalización (de la obra), el Pami y el Gobierno provincial acuerdan una modalidad de administración diferenciada y descentralizada, a cargo de una sociedad del Estado", se indica en el dictamen.

Luego se mencionan los puntos del convenio entre el Pami y la Provincia, y se da cuenta de una objeción de la Contaduría General al "trámite administrativo tendiente concretar la dotación presupuestaria de la sociedad", compartidas por el Ministerio de Economía, que propicia "que se lleven adelante las medidas para subsanarlas". En tal sentido, se indica que las objeciones fueron subsanadas por un decreto modificatorio.

Dice, sobre el final, que "esta Fiscalía de Estado considera que la decisión de creación de la sociedad en cuestión aparece legítima, en la medida en que se diera una favorable continuación al trámite de suscripción del decreto de modificación del estatuto social".

"En cualquier caso el expediente debe ser remitido nuevamente a consideración de la Contaduría General para toma de conocimiento de las actuaciones agregadas con posterioridad a su intervención de competencia y que representan un cambio de las circunstancias tenidas en cuenta al momento de emitir la objeción Nº4/15 analizada".

Fundamentos


En otro de los párrafos del dictamen al que accedió esta Agencia se destaca que la Constitución de la Provincia "establece que es potestad del Poder Legislativo crear reparticiones autárquicas", pero "nada dice acerca de las sociedades del Estado".

"Las sociedades del Estado son una especie de descentralización, forman parte del género configurado por las entidades autárquicas, pero son distintas de éstas", se señala en el dictamen y enseguida se indica que "ya existe un marco regulatorio para las sociedades del Estado, un régimen jurídico propio, específico y distinto dado por el Congreso de la Nación, que en este caso está representado por la Ley Nº 20.705, a diferencia de lo que localmente ocurre con las entidades autárquicas, que no lo tienen".

Luego Rodríguez Signes en el dictamen es claro al decir que "frente a un régimen legal ya creado es posible interpretar que siempre y cuando el objeto de la sociedad a crear, y por lo tanto sus competencias, sean propias del Poder Ejecutivo, no se necesita una autorización legislativa especial para la creación".

"Nada impide que lo decida por decreto el Ejecutivo", enfatiza en otro párrafo y añade que es "perfectamente lícito".

Y agrega que "el nuevo proyecto de decreto modificatorio del anterior 1.884/15, que clarifica y precisa el objeto social originariamente objetado por extenso, se presenta a mi juicio como una actividad netamente administrativa, típica del Poder Ejecutivo".

En este marco, Rodríguez Signes concluye en que "el Poder Ejecutivo actúa habilitado en el marco del artículo 174 de la Constitución provincial, ejerciendo atribuciones propias como 'Jefe de Estado' o de la Administración, sin que para ello necesite de una venia legislativa, puesto que la concreción del objeto social no involucra atribuciones de dicho Poder, con lo cual no existe afectación alguna del principio republicano".

"Cuando se trata de una actividad de corte netamente administrativa lo propio es que la realice el Poder Administrador, pudiendo actuar directamente a través de sus órganos centralizados, o bien a través de una persona jurídica que él mismo constituya", señala.

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"Don Carlos" fue aquel personaje que ganó popularidad por las publicidades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Fue el propietario de una empresa que alcanzaba la meta de inscribir a sus empleados, "ponerlos en blanco" tal como se suele decir en Argentina.
AFIP: "Don Carlos", versión 1
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Fuente: APF Digital

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