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El siniestro ocurrió en la esquina de San Lorenzo y 25 de Mayo. Facundo Navarro venía en su moto cuando se encontró de golpe con un Peugeot 308 conducido por Santiago Boggia, por entonces un menor de edad sin carnet, que dobló indebidamente a la izquierda en una avenida. El motociclista falleció luego de una agonía de varios días en el Hospital Masvernat.

El letrado que representó a la familia en la causa que se generó tras el choque es Mariano Giampaolo, exconcejal de Concordia por el Partido Justicialista.

“Tenemos una valoración de la sentencia positiva, porque se logró una condena de 8 años”, tiempo en el cual se “impide al productor de este hecho manejar cualquier tipo de vehículo y tiene que abstenerse por 3 años de encontrarse con las víctimas de este siniestro, que son todos los familiares”, resumió Giampaolo, a la par que calificó como "históricas" las decisiones que adoptó la Justicia en este caso.

El abogado reconoció el “trabajo en conjunto” realizado con la fiscalía, “que trabajó muy bien en el tema” y se mantuvo siempre “en contacto con los familiares de la víctima”. “Desde nuestro estudio aportamos lo que estuvo a nuestro alcance y ese trabajo se vio ayudado también por una participación muy activa de los familiares de la víctima en el seguimiento de la causa”, agregó.

En sus palabras, “más allá de la condena, lo que sí es para relevar es esta apertura que tiene la justicia con respecto a la víctima”, puesto que “hoy los familiares conversan con los fiscales, aportan, tienen canales para aportar pruebas e información” y en otros tiempos de la historia “no se veía”. Esto hace que “se tenga una condición más directa con la problemática y lleve a fallos que, para mi criterio, sean más justos”, a la hora de impartir justicia.

Además, Gianpaolo trajo a colación que “la jurisprudencia sostiene que los accidentes seguidos de muerte no son homicidios culposos. Y por eso no tienen una condena de prisión efectiva”, pero valoró que la jurisprudencia “viene evolucionando” y hoy se ubica al accidente seguido de una muerte “como un homicidio preterintencional y, por eso, en circunstancias graves como estas, está comenzando a impartir sanciones más severas".

El abogado recordó que “en este caso el conductor que causó la muerte estaba usando un automóvil ajeno, que le había sido facilitado por un mayor, sin carnet de conducir, había consumido bebidas y dobló en U sobre Bvard. San Lorenzo," una arteria donde se tiene "expresamente prohibido el giro a la izquierda dentro del mismo. Esa maniobra tan inesperada es lo que produjo la muerte en el conductor de la moto, porque nunca pensó que podría hacer semejante maniobra”.

Gianpaolo insistió "en el avance jurisprudencial que nosotros creemos que es altamente positivo”, porque “lamentablemente si no hay sanciones ejemplares, va a ser cada vez más difícil lograr que los conductores tengan el cuidado que deben tener en el tránsito”.

Por último explicó que “nosotros consideramos que hoy un automóvil es, por las velocidades que tiene y las complejidades que tiene el tránsito, casi asimilable a un arma”. Por lo que, así como un homicidio que resultó de una pelea o una disputa es un homicidio culposo, “creemos que la figura de una muerte seguida de un accidente de tránsito debería asimilarse cada vez más al homicidio culposo en circunstancias agravantes como las que tiene este caso”, concluyó.
Fuente: Diario Río Uruguay

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