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Los jueces Rafael Martín Cotorruelo, Pablo Andrés Vírgala y Marcela Beatriz Badano serán los encargados de revisar el fallo condenatorio a los 17 policías de Concordia condenados en julio de 2015 por el delito de sedición agravada. Desde la defensa de los acusados impugnaron a Badano por su vínculo sentimental con el Procurador Fiscal, Jorge García.

En mayo de este año, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia anuló la última sentencia, que agravaba las penas de los condenados por considerarlos, además, autores del delito de privación ilegítima, y ordenó que el fallo original del Tribunal de Juicio de Concordia sea revisado con nueva conformación.
Los hechos
Tras una serie de protestas de igual magnitud en gran parte del país, en diciembre de 2013 un sector de la Policía de Entre Ríos comenzó, a través de familiares y retirados, un reclamo salarial que llegó a su pico el sábado 8.

Ese día, luego de luego de una manifestación en la que participaron policías en actividad, familiares y retirados, un grupo ingresó por la fuerza y tomó la Jefatura, anulando el servicio del Comando Radioeléctrico.

De inmediato, la mayoría del personal de las comisarías se plegó a la revuelta, mientras un puñado de oficiales y agentes intentó mantener el orden ante una ola de saqueos que atravesó toda la ciudad.

El saldo trágico del hecho fueron las muertes de tres jóvenes: Eduardo López; Claudio Matías Román y Eduardo Cáceres.

En ese marco, el entonces gobernador Sergio Urribarri fue obligado a firmar un acuerdo salarial que posibilitó el fin de la revuelta..
Las penas
El oficial Carlos Daniel Zaragoza y los suboficiales Manuel Leandro Coutinho y José María Biderbos, fueron sentenciados a cuatro años y seis meses de prisión, más la inhabilitación por 9 años para ejercer cargos públicos.

Juan Manuel Rosas; Daniel Eduardo Chávez; Diego Federico Differding; Luis Alberto Gómez; Juan Pedro Lacuadra y Alfredo Horacio Imaz fueron condenados a cuatro años de prisión efectiva y el doble de inhabilitación.

Luis Roberto Jesús Carlino; José Orlando Troncoso; Hugo Fabricio Troncoso; Ricardo Hernán Paredes; Luis Alberto Paredes; Maximiliano Paredes; Carlos Alcides Rosas y Romeo Fabián Valdez recibieron una sentencia de tres años y seis meses y el doble de inhabilitación.
Privación ilegítima
Al analizar las apelaciones de las defensas y de Fiscalía, en mayo de 2016 la Cámara de Casación Penal de Paraná integrada por Marcela Davite; Hugo Perotti y Alejandro Grippo, agravó las penas al considerarlos también autores del delito de privación ilegítima por haber mantenido retenido en la Jefatura durante la toma al jefe Departamental, Lucio Villalba. Además, a Zaragoza lo condenaron como autor del delito de lesiones leves en riña, por haber golpeado a Villalba al ingresar por la fuerza a la sede policial.

En mayo de este año, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia anuló esta última sentencia de Casación y ordenó que el fallo original del Tribunal de Juicio de Concordia sea revisado con nueva conformación.

La nueva integración de la Cámara de Casación Penal de Paraná para entender en la causa será, en principio Rafael Martín Cotorruelo; Pablo Andrés Vírgala y Marcela Beatriz Badano, si es que no prosperan las impugnaciones presentadas por una parte de las defensas de los policías.

A poco de notificarse a las partes la conformación de la Cámara, dos abogados defensores, Enrique Bacigalupe y Juan José Bukténica, impugnaron a Badano por ser “público y notorio” que es pareja del jefe de los Fiscales, Jorge García, a quien le achacan haber tenido participación activa durante los sucesos que culminaron con la condena a los uniformados.
Fuente: APF Digital

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