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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi sobreseyó a su excolega Norberto Oyarbide, oriundo de Entre Ríos, en el marco de la causa en la que se investigaba si cometió delitos de acción pública cuando estaba al frente del Juzgado Federal Nº 5, dado que su nombre apareció mencionado en el caso.

En el mismo fallo, firmado el 30 de diciembre, justo antes del comienzo de la feria judicial, el magistrado dispuso también el sobreseimiento del integrante de la Auditoría General de la Nación, Javier Fernández, quien también había sido mencionado por el arrepentido exchofer del entonces Ministerio de Planificación Federal, Oscar Centeno.

La investigación había salido de la órbita del juez Claudio Bonadio y había pasado a manos de Martínez de Giorgi por orden de la Cámara Federal porteña, luego de determinar que no habían sido parte de la supuesta asociación ilícita descripta por el juez de “la causa de los cuadernos”, pero que podrían haber recibido dinero de ella para beneficiar judicialmente a integrantes del gobierno kirchnerista.

"En cinco ocasiones, el nombre o la vivienda de Norberto Oyarbide son citados al referir algunas reuniones con (Julio) De Vido, (Roberto) Baratta y (Nélson) Lazarte. En tres oportunidades es el domicilio de Francisco Javier Fernández el que sirve de escenario a las reuniones con los últimos dos agentes públicos mencionados", habían señalado los jueces de la Cámara Federal al ordenar que se abriera una nueva investigación.
En su fallo de fin del año pasado que se acaba de conocer, Martínez de Giorgi dispuso finalmente sobreseer a Oyarbide y a Fernández “por no encuadrar los sucesos investigados en una figura legal”.

"Las anotaciones efectuadas por Oscar Bernardo Centeno no constituyen prueba autónoma de ningún hecho criminal que pueda reprocharse a los aquí encartados, en tanto no pueda acreditarse, mediante otras evidencias que las robustezcan, cuáles serían los propósitos de los encuentros allí relatados y quiénes de aquellas personas que por entonces integraban los estamentos del gobierno nacional podrían encontrarse interesados en su actuación funcional", sostuvo el juez.

Además, reparó en que la validación de las anotaciones de Centeno no puede encontrarse en el arrepentimiento de los imputados porque “en ambos casos han negado categóricamente los ribetes delictivos de los eventos descriptos” en los cuadernos.

"En las anotaciones de Centeno no existe ninguna referencia en la que se ubique a Norberto Oyarbide y Francisco Javier Fernández en el mismo ámbito temporal-espacial. Quien establece ese vínculo es (el contador) Víctor Manzanares en su declaración como arrepentido. Sin embargo, y tal como fuera puesto de relieve por la defensa de Fernández a fs. 321/323, mientras los relatos de Centeno datan de los años 2013 y 2015, los dichos de Manzanares ubican los sucesos que habría presenciado en el año 2009, es decir en un período muy anterior a las reuniones que debieran ser el objeto de investigación de este sumario", agregó el magistrado.

"Tampoco puede soslayarse que el estándar valorativo fijado por la Alzada respecto de los cuadernos escritos por Centeno vale también para lo declarado por Manzanares: sus meros dichos no resultan suficientes para aseverar la comisión de un delito por parte de los encartados, a falta de otras evidencias que vengan en su auxilio para validarlas", remarcó Martínez de Giorgi.

En su indagatoria, Oyarbide había referido que “hubo personas que se interesaron por apurar una resolución de la causa en la que se investigó el presunto enriquecimiento ilícito del matrimonio Kirchner, por la cual ambos expresidentes fueron sobreseídos”.
Fuente: La Nación

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