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Tras haberse anunciado que estas dos jornadas cercanas a las fiestas no serían jornadas laborales para la justicia, el Colegio de Abogados de Entre Ríos realizó un planteo ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Se trató de un planteo de reconsideración presentado a Alto Cuerpo judicial respecto de los dispuesto por Acuerdo General N° 38/19 del 10 de diciembre, que determinaba como inhábil judiciales a estas dos fechas.

Reunido en Acuerdo Especial este miércoles, el STJ acordó por mayoría dejar sin efecto esta medida que afectaba al 23 y 30 de diciembre, restableciendo en consecuencia su carácter de días hábiles laborables.
Fuente: SIC STJ

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