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La causa del “Sueño Entrerriano” finalmente tendrá una audiencia en la que se discutirá un recurso clave para los defensores del exgobernador Sergio Urribarri y su exministro de Comunicación, Pedro Báez: el famoso recurso de excepción por falta de acción, para conseguir el sobreseimiento.

O sea: la defensa de Urribarri y de Báez sostiene que la Justicia no tiene ningún delito para investigar sencillamente porque no hay delito: las tramitaciones bajo la mirada judicial ya fueron evaluadas por los organismos de control del Estado, sin reproches.

La audiencia donde se expondrán los fundamentos para dicho recurso será el 4 de abril, a las 9, ante el juez de Garantías N°3 Ricardo Bonazzola. La Procuradora Adjunta y titular de la Fiscalía Anticorrupción, Cecilia Goyeneche, y el fiscal Gonzalo Badano ya adelantaron al magistrado el rechazo al planteo, para que de una vez se realice la audiencia de remisión de la causa a juicio, un trámite que viene siendo demorado.

La causa en cuestión es la que incluye tres expedientes: la investigación por la instalación de un parador playero en Mar del Plata, que le costó a la provincia $14 millones; la contratación de la productora del empresario farandulero Jorge “Corcho” Rodríguez, Nelly Entertainment SA, para difundir tres spots de promoción de la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en Paraná en 2014, por un monto de $27 millones; y la contratación con distintos medios gráficos de la publicación de una solicitada contra los fondos buitres que le supuso a las arcas del Estado entrerriano el gasto de unos $4 millones. La tesis de la Fiscalía es que dichos fondos públicos se utilizaron para financiar la fallida campaña presidencial de Urribarri, cuyo slogan distintivo fue el “Sueño Entrerriano”.

Los delitos que se le imputan a Urribarri y Báez son negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado. En tanto, a los demás acusados se les reprocha los mismos delitos pero en grado de partícipes primarios.

En diciembre pasado la Fiscalía unificó las investigaciones y pidió la elevación a juicio de todos los imputados por supuestos delitos contra la Administración Pública. Pero aún esa audiencia no se realizó, ya que resta que se resuelva el recurso de falta de acción interpuesta por los defensores.

En el recurso de excepción por falta de acción los defensores Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez, por Urribarri; e Ignacio Díaz, por Báez, plantean que no existió delito por cuanto la Contaduría General de la provincia, primero, y el Tribunal de Cuentas, después, aprobaron cada contratación realizada.

Algo similar a lo que dijo el pasado 12 de marzo, en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, el exgobernador Urribarri durante un cruce con la diputada María Alejandra Viola (Cambiemos). Allí esgrimió el mismo argumento defensivo que presentan sus abogados en la justicia: que todas sus acciones de gobierno fueron aprobadas los organismos de control.
El antecedente
Tal planteo ya fue expuesto en otra causa en la que irá a juicio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y otros, por supuestas distribución irregular de publicidad callejera entre 2010 y 2015, por un monto de $24 millones. El juicio oral se desarrollará entre el 29 de julio y el 27 de agosto de este año.

El 22 de junio del año pasado, Barrandeguy y compañía sostuvieron en una audiencia que todos los contratos de publicidad por la administración Urribarri/Baez fueron aprobados por todos los organismos de control, y que por eso mismo no habría lugar para la actuación judicial. “Los dictámenes del Tribunal de Cuentas, aprobando las cuentas, son cosa juzgada”, señaló el defensor en esa ocasión.

Aquella vez actuaba como fiscal Alejandro Cánepa, quien actualmente es juez del Tribunal de Juicio. Su respuesta fue que el recurso de excepción por falta de acción no podía prosperar porque existían fallos recientes que establecían que a pesar de que los organismos de control aprobaron contrataciones, se continuó con la causas por la vía penal.

Recordó, por ejemplo, el fallo condenatorio del exvicegobernador Héctor Alanis, en cuya resolución la Justicia lo halló culpable del desvío de fondos aún cuando el Tribunal de Cuentas no había encontrado ningún elemento reprochable en la rendición de cuentas.

Con ese antecedente, el 4 de abril los defensores del exmandatario y su exministro de Comunicación buscarán un fallo favorable que les evite llegar a un nuevo juicio oral y público.
Penas para los imputados
Además de Urribarri y Báez, en la megacausa del “Sueño Entrerriano” también están acusados Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri y secretario del bloque de senadores del PJ; Hugo Félix Céspedes, que fue coordinador de la Unidad Operativa Mercosur; Gustavo Javier Tortul, que fue coordinador contable de la Unidad Operativa de la Cumbre Mercosur; el ex ministro de Turismo, Hugo José María Marsó; el titular de la firma “El Juego en que Andamos” y exdirector de Contenidos del Fútbol para Todos, Gerardo Daniel Caruso; y la contadora Corina Elizabeth Cargnel, vinculada a las empresas Tep y Next, que se adjudican a Aguilera.

Para Urribarri la Fiscalía pide 9 años de prisión; para Báez, 8 años de prisión; para Gustavo Javier Tortul, 4 años de prisión; para Hugo Felix Céspedes, 4 años de prisión; Juan Pablo Aguilera, 8 años de prisión; Corina Elizabeth Cargnel, 6 años de prisión e inhabilitación especial; Hugo Marsó, 4 años de prisión; y Gerardo Daniel Caruso, 4 años de prisión. Además, para cada uno de los funcionarios o exfuncionarios pidieron la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y una pena de multa de 90 mil pesos, ya que consideran que los hechos se habrían cometido con “ánimo de lucro”
Fuente: Entre Ríos Ahora

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