“El arbolado urbano es un bien esencial para la comunidad y su protección se encuentra regulada por la Ordenanza Nº 54/2017, la cual establece pautas para la plantación, poda, extracción y reposición de especies en el ejido urbano”, recuerdan. En este sentido, piden conocer los motivos que justificaron la intervención; cantidad, especie, ubicación y estado fitosanitario de los ejemplares extraídos en los últimos 60 días; copia de las resoluciones y/o permisos otorgados conforme al Art. 8º de la Ord. 54/2017; y si se notificó previamente a frentistas, instituciones o al HCD.
Luego, preguntan específicamente por el plan de extracción y reposición de árboles en el marco de la obra que se está realizando en calle 12 de Abril (cantidad de ejemplares a extraer, motivos, especies a reponer, plazos y lugar de plantación).