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En la previa al feriado del 12 de octubre y el día no laborable decretado para el lunes 14, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) emitieron un informe para los dueños y empleados de comercio.

En un cuadro, establecieron las diferencias entre un feriado y un día no haborable. En relación al anteúltimo punto, aclararon que en caso de que el empleado no trabaje los días sábados, le corresponde compensar la totalidad de las horas realizadas, por ser éste su día habitual de descanso (Art. 207 LCT).

El feriado nacional por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural es de carácter "inamovible" para el próximo sábado 12 de octubre, pero el Gobierno Nacional dispuso que el lunes siguiente, el 14, sea día no laborable con fines turísticos.

El próximo feriado nacional que tendrá lugar fuera del fin de semana será el lunes 18 de noviembre, por el Día de la Soberanía Nacional, y será el último fin de semana largo del año.
El cuadro comparativo

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Fuente: CAME

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