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La supervisora de Educación Secundaria de la Zona XXIV correspondiente a Villaguay, Irma Nélida Jorge, sostuvo en un documento que circuló por más de 22 escuelas a su cargo que la ley 21.150 de Educación Sexual Integral “no va por la línea de Género”.

Afirmó que esta norma, sancionada y promulgada en octubre de 2006, “no contempla la ideología de género ni el lenguaje inclusivo”, por lo que no se debe “fomentar la ideología que plantea al género como una cuestión libremente optativa o como una situación humana indefinida”.
Estas expresiones son “gravísimas”
En respuesta a este documento, docentes entrerrianos nucleados en la Red Interescuelas de Educadorxs en Defensa de la ESI emitieron un comunicado en el que repudiaron los dichos de la funcionaria.

Desde la Red Interescuelas sostuvieron que son “gravísimas” estas expresiones, que demuestran que a 12 años de la sanción de la ley, en Entre Ríos “no han sido capacitados correctamente bajo los lineamientos que plantea la ley, ni supervisores, ni directores, ni docentes”.

Aclararon, además, que la perspectiva de género está incluida en la ley y que reconocerla “permite trabajar con los estereotipos de género y la diversidad sexual”.

En este sentido, exigieron al Consejo General de Educación “que cumpla con la ley 26.150 de Educación Sexual Integral” y reclamaron que el CGE “tome las medidas necesarias para garantizar la coherencia institucional de responder con las normativas vigentes y no alimentar la contradicción que se plantea entre la letra escrita de la ley y el accionar de algunas personas”.
El texto completo
Desde la Red Interescuelas de Educadorxs en Defensa de la ESI repudiamos las directivas de la Supervisora de la Zona XXIV Prof. Irma Nélida Jorge, que desconociendo la normativa y los lineamientos curriculares de la ley 26.150 dice que el concepto de Género no tiene aval científico ni legal.

Son gravísimas las líneas que se exponen en el mensaje que circula por más de 22 escuelas a su cargo, donde se habla de imponer desde algunos sectores el concepto de Género (al que llama livianamente Ideología de Género), cuando muchos organismos científicos incluida la OMS (Organización Mundial de la Salud) define al género como: conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres.

Este concepto habla claramente de la categoría de género como una construcción social, del mismo modo que lo sanciona el eje “Reconocer la perspectiva de género” que sanciona la ley de Educación Sexual Integral desde 2006 y permite trabajar con los estereotipos de género, la violencia de género y la diversidad sexual.

Exigimos al Consejo General de Educación que cumpla con la ley 26.150 de Educación Sexual Integral que muestra que en Entre Ríos, a 12 años de su sanción, no han sido capacitados correctamente bajo los lineamientos que plantea la ley, ni supervisores, ni directores, ni docentes.

Ningún funcionario puede actuar por fuera de la ley, por eso exigimos al CGE que tome las medidas necesarias para garantizar la coherencia institucional de responder con las normativas vigentes, y no alimentar la contradicción que se plantea entre la letra escrita de la ley y el accionar de algunas personas.

La ESI trabaja con contenidos científicos y actualizados que abordan múltiples problemáticas entre ellas el embarazo adolescente que parece no preocuparle a la supervisora que oronda en su Facebook publica: “Están escandalizados por la maternidad en una escuela de Jujuy, Yo estaría escandalizada si la noticia fuera que hay 30 casos de abortos.”

Como educarxs de Educación Sexual Integral, nos preocupa y de sobre manera las cifras que ha publicado el ministerio de educación elaborado por UNICEF donde registra que hay 300 embarazos de menores de 19 años por día en el país. También nos preocupa que no le preocupe la prevención para evitar las situaciones tanto de embarazos como de abortos, pero se diga “defensora de los niños y niñas”.

También le informamos que existe en nuestro país desde 1921 el código penal, que en el artículo Nº 86 plantea la interrupción legal de embarazos bajo causales, la causal salud entendida como la OMS como: “Un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” y la causal violación.

Por lo que no brindar información sobre los derechos que tienen las personas con capacidad de gestar, también es un delito.

Instamos a la población en su conjunto y a la Supervisora Irma Nélida Jorge a informarse en fuentes oficiales tales como: el Ministerio de Educación de la Nación, Programa Nacional de Educación Sexual Integral, los portales argentina.gob.ar/ESI, educ.ar y el Instituto Nacional de Formación Docente que cuentan con materiales e información verdadera sobre el abordaje de ESI en las escuelas.

Creemos necesario reivindicar los derechos de nuestrxs estudiantes, y el deber de cada docente de garantizar educación de calidad y enmarcada dentro de la normativa vigente.

Acompañamos y apoyamos a lxs compañerxs de Villaguay que resisten día a día los embates de quienes no quieren garantizar derechos ya consagrados.

Defendemos la ESI porque ya es un derecho.

RED INTERESCUELAS-EDUCADORXS EN DEFENSA DE LA ESI
Fuente: APF Digital

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