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El fiscal Oscar Sobko decidió avanzar con la Investigación Penal Preparatoria (IPP), en la causa que se investiga la denuncia contra el exfuncionario provincial Fernando Caviglia. De esa manera, lo imputó por la situación de Violencia de Género y de Privación Ilegítima de la Libertad.

Caviglia, que en ese momento era subsecretario de Industria y Comercio Exterior de la provincia, fue denunciado a mediados de julio de este año por una mujer de 29 años, quién aseguró que la obligó a subir a su vehículo, y luego la paseó durante un tiempo con intenciones de someterla sexualmente en un departamento del acusado. Aclaró en la presentación, que Caviglia se hizo pasar por un chofer de Uber. Sobko debió esperar la llegada de varios informes, de empresas telefónicas, de UBER, como otras pericias que solicitó, y una vez que obtuvo elementos de interés, decidió avanzar con la causa judicial.

El fiscal informó: "Analizadas las evidencias que han sido colectadas, emergen elementos suficientes para reformular el objeto procesal detallado". Se destaca en la resolución de Sobko, que a Fernando Guillermo Caviglia, se lo debe investigar bajo la conducta que se encuadra en una situación de Violencia de Género, a la vez que precipita en el delito de Privación Ilegítima de la Libertad.

De esa manera, alertó el fiscal que dispuso modificar la apertura de la causa, reformulando el objeto procesal iniciado en el legajo correspondiente.
Citación a declarar
Además, se dispuso citar a Caviglia a fin de recepcionarle la declaración de imputado para el martes 2 de octubre a las 10,30.

Otra medida que reclamó el funcionario judicial es solicitar antecedentes al Registro Nacional de Reincidencia Criminal y actuariales del imputado. Finalmente, en la citación, se hace saber que se pidió la intervención del médico forense en turno, a los efectos que proceda a efectuar el examen que se requiere en el inicio de la causa judicial.

Del mismo modo, se recordó que se mantienen las restricciones ordenadas por el juez Pablo Zoff, donde establece la "prohibición de acercamiento y actos molestos contra la denunciante y víctima por un plazo de 60 días", que podrán renovarse si así lo requiere el Ministerio Público Fiscal.
Fuente: Uno Entre Ríos

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