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Mediante el Decreto Nº 316/2020, la Municipalidad de Villa Elisa estableció un nuevo reglamento para el procedimiento de la habilitación de locales de estas características, tanto en la ciudad como en su zona de influencia.

Estas nuevas normas pretenden formalizar un trámite “ágil, rápido y eficaz”, a fin de facilitar el ejercicio del derecho de abrir un local para el desarrollo de una actividad económica y/o comercial lícita, según dieron a conocer. Y, por otro lado, “proteger al vecino de cualquier riesgo que pudiera acarrear el desarrollo del local comercial, sin tener presente los requisitos que se describen en este nuevo decreto”.

A partir de ahora, las habilitaciones se tramitarán ante Sección Habilitaciones, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda. Con este nuevo decreto, “queda instalada la obligatoriedad de solicitar la correspondiente habilitación municipal, previo al inicio del ejercicio de cualquier actividad económica, primaria, industrial, comercial, de servicios u otras”. Toda actividad de este tipo que se inicie en la “ciudad jardín” deberá contar entonces con esa habilitación.

En la página web de la Municipalidad de Villa Elisa ( www.villaelisa.gov.ar ) estará disponible próximamente el formulario para solicitar la habilitación, que deberá ser completado y firmado por el titular para presentar ante Sección Habilitaciones (funciona en la oficina de Bromatología del edificio municipal).

De acuerdo a lo anunciado oficialmente, estas nuevas normas comenzarán a regir para todos los locales que inicien su actividad, a partir de agosto de 2020.
Fuente: El Entre Ríos / Municipalidad de Villa Elisa

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