Estas nuevas normas pretenden formalizar un trámite “ágil, rápido y eficaz”, a fin de facilitar el ejercicio del derecho de abrir un local para el desarrollo de una actividad económica y/o comercial lícita, según dieron a conocer. Y, por otro lado, “proteger al vecino de cualquier riesgo que pudiera acarrear el desarrollo del local comercial, sin tener presente los requisitos que se describen en este nuevo decreto”.
A partir de ahora, las habilitaciones se tramitarán ante Sección Habilitaciones, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda. Con este nuevo decreto, “queda instalada la obligatoriedad de solicitar la correspondiente habilitación municipal, previo al inicio del ejercicio de cualquier actividad económica, primaria, industrial, comercial, de servicios u otras”. Toda actividad de este tipo que se inicie en la “ciudad jardín” deberá contar entonces con esa habilitación.
En la página web de la Municipalidad de Villa Elisa ( www.villaelisa.gov.ar ) estará disponible próximamente el formulario para solicitar la habilitación, que deberá ser completado y firmado por el titular para presentar ante Sección Habilitaciones (funciona en la oficina de Bromatología del edificio municipal).
De acuerdo a lo anunciado oficialmente, estas nuevas normas comenzarán a regir para todos los locales que inicien su actividad, a partir de agosto de 2020.